Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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(...) 4. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad." Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27883 Ley de Bases de Descentralizacion establece que: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el MORDAZA de la unidad de la nacion. La autonomia se sujeta a la Constitucion y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;" Que, el inciso g) del articulo 56º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que es funcion especifica de los Gobiernos Regionales: "g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestacion de servicios de transporte interprovincial dentro del ambito regional en coordinacion con los gobiernos locales;" Que, en concordancia con ello, el articulo 16-A de la Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre adicionado por la Ley Nº 28172 dispone que es competencia de los Gobiernos Regionales: "g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestacion de servicios de transporte interprovincial dentro del ambito regional en coordinacion con los gobiernos locales; Que, el D.S. Nº 004-2007-MTC que modifica el Articulo 75º del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte aprobado por el D.S. Nº 009-2004-MTC permite la obtencion de permisos excepcionales; Que, el mecanismo de los permisos excepcionales establecido resulta restrictivo para los casos en que, aun existiendo otra oferta de servicio en la ruta con vehiculos que reunan las caracteristicas para una concesion interprovincial, esta es insuficiente o manifiestamente deficiente, lo que perjudica a los usuarios en la satisfaccion de sus necesidades de viaje o con la prestacion de un servicio en precarias condiciones de seguridad y calidad; Que, en diversas provincias de la Region MORDAZA, se han producido acciones de protesta, paros y reclamos por parte de los pobladores respecto de la deficiencia e insuficiencia del servicio de transporte interprovincial, resultando asi manifiesta la deficiencia del servicio. En consecuencia, como quiera que el objeto del servicio del transporte es la satisfaccion de las necesidades de los usuarios resulta conveniente simplificar el tramite en la Region Arequipa; Estando a la aprobacion del Pleno del Consejo Regional en sesion de fecha 18.1.07; y su ratificacion en la sesion de fecha 22.2.07; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nºs.279009 y 28968 y Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA HA APROBADO: Articulo Unico.- Facultar a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de MORDAZA a otorgar Autorizaciones y Licencias Excepcionales para la prestacion del servicio de transporte interprovincial de pasajeros dentro del ambito de la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo establecido por el Articulo 75º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2007-MTC, con las precisiones de que debe considerarse como la "Entidad Especializada en la Materia" dentro de dicho procedimiento a la Direccion Ejecutiva de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transporte Terrestre de MORDAZA y ademas, de que no se requerira la previa opinion tecnica de la Direccion General de Circulacion Terrestre. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del ano dos mil siete.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los seis dias del mes de marzo del ano dos mil siete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2006-GRSM/CR
Moyobamba, 29 de diciembre del 2006. POR CUANTO: El Consejo Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica vigente, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion ­ Ley Nº 27680 Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, publicado el 18 de junio del 2004, se aprobaron los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las Entidades de la Administracion Publica. Cuya finalidad es generar la aprobacion de un CAP que contenga una correcta definicion de los cargos, acorde con la estructura organica de la entidad, con los disenos y estructura de la Administracion Publica, que establece la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos. Que, mediante Oficio Nº 0271-2006-DRTPE-GRSM, del 25 de setiembre del 2006, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo remite 1 Ejemplar del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), para su aprobacion correspondiente. Que, mediante Informe Legal Nº 285-2006-GRSM/ ORAL, la Oficina Regional de Asesoria Legal se encuentra conforme a los dispositivos que MORDAZA el funcionamiento de los Gobiernos Regionales y contando con la opinion de la Subgerencia de Racionalizacion y del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, opina favorablemente para la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de San Martin. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del 2006, aprobo por unanimidad lo siguiente:

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