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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2007 (31/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342606 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-2002- SA-DM, publicada el 16 de febrero de 2002, se resolvió denominar al Instituto Nacional de Rehabilitación como Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores”; Que, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA del 29 de diciembre de 2005 y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 007-2006- SA del 9 de mayo de 2006, se reconoce como órgano desconcentrado al Instituto Nacional de Rehabilitación con esta denominación; Que, con Resolución Ministerial Nº 715-2006/ MINSA, del 26 de julio de 2006, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del precitado Instituto, con la denominación de Instituto Nacional de Rehabilitación; Que, la Dra. Adriana Rebaza Flores ha sido fundadora y directora durante 25 años del Instituto Nacional de Rehabilitación, habiendo destacado por su fructífera y abnegada trayectoria en el desarrollo de la especialidad de la medicina física y rehabilitación en pro de la persona con discapacidad; Que, en tal sentido, es meritorio que el nombre de la fundadora del Instituto Nacional de Rehabilitación, Dra. Adriana Rebaza Flores, se incorpore en la denominación ofi cial del Instituto; Que, de conformidad con el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, las normas para la organización de los Institutos Especializados serán establecidas por Resolución Ministerial; Con los visados del Viceministro de Salud, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud y el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º- Incorporar en la denominación del Instituto Nacional de Rehabilitación el nombre de “Dra. Adriana Rebaza Flores”. Artículo 2º- Reemplazar en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Rehabilitación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 715-2006/MINSA, la denominación de: Instituto Nacional de Rehabilitación por el de Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 43646-2 Exoneran de proceso de selección la adquisición de licencias de software Microsoft para la Dirección de Salud II Lima Sur y diversas Redes de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2007/MINSA Lima, 27 de marzo del 2007 Vistos, el O fi cio Nº 411-2006-OITE-DISA-II-LS y el Informe Técnico denominado “Evaluación y De fi nición de Licencias de Software Institucional a Adquirir” de la Ofi cina de Informática, Telecomunicaciones y Estadística de la Dirección de Salud II Lima Sur, el O fi cio Nº 118- 2007-DI.LOG-DISA-II-LS de la O fi cina de Logística de la Dirección de Salud II Lima Sur, el Informe Nº 473-2006-OAJ-DISA-II-LS y el O fi cio Nº 350-2006/OAJ-DISA-II- L.S. de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur, el Memorando Nº 255 - 2007/DG- OGEI/MINSA del Director General de la O fi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud mediante el cual remite el Informe Nº 163-2007-OGEI- OIT/MINSA del Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Informática y Telecomunicaciones y el Informe Nº 34- 2007/OGEI-JD del Experto en Sistema Administrativo I de la Ofi cina Ejecutiva de Informática y Telecomunicaciones, así como, el Informe Nº 948-2007-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 411-2006-OITE-DISA-II-LS, el Director de la O fi cina de Informática, Telecomunicaciones y Estadística de la Dirección de Salud II Lima Sur, solicita la adquisición de licencias Microsoft bajo la modalidad de contrato Enterprise Agreement Gobierno, para la Dirección de Salud II Lima Sur y las Redes Villa María del Triunfo – San Juan de Lurigancho, Barranco – Chorrillos – Surco y Villa El Salvador – Lurín – Pachacámac – Pucusana, requerimiento que encuentra enmarcado dentro del esquema de software estándar que utilizan las citadas entidades para el entorno de estaciones de servicio (PCs) y servidores; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 040-07- DISA-II-LS/DG de fecha 26 de enero de 2007, Resolución Directoral Nº 029-DISA II LS-DRS SJM-VMT-DE-07 de fecha 26 de enero de 2007, Resolución Directoral Nº 057-07-RED-SS-BCO.CHO.SCO-DE de fecha 26 de enero de 2007, y Resolución Directoral Nº 027-DRS-VESLPP- OA/DE de fecha 24 de enero de 2007, se incluyeron en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2007 de la Dirección de Salud II Lima Sur, la Red de Salud San Juan de Mira fl ores – Villa María del Triunfo, la Red de Salud Barranco – Chorrillos – Surco y la Red de Servicios de Salud Villa El Salvador – Lurín – Pachácamac – Pucusana, respectivamente, los procesos de Licitación Pública para la adquisición de licencias de software Microsoft, los mismos que cuentan con la cobertura presupuestal correspondiente, habiendo sido encargada la ejecución de los procesos programados por las Redes antes citadas, a la Dirección de Salud II Lima Sur; Que, la O fi cina de Informática, Telecomunicaciones y Estadística de la Dirección de Salud II Lima Sur, ha sustentado a través del Informe Técnico denominado “Evaluación y De fi nición de Licencias de Software Institucional a Adquirir”, remitido adjunto al O fi cio Nº 411- 2006-OITE-DISA-II-LS, que la única empresa autorizada en nuestro país por Microsoft Corporation, para suscribir el contrato de licenciamiento Enterprise Agreement con entidades de Gobierno en Latinoamérica, es su subsidiaria MSLI Latam Inc., no existiendo además, otro producto similar que pueda ser ofrecido en el mercado nacional por otra empresa, lo cual ha podido veri fi carse de la Carta remitida por Microsoft Perú S.R.L. de fecha 29 de noviembre de 2006 ; Que, en el mismo sentido, la Dirección de Logística de la Dirección de Salud II Lima Sur, a través del O fi cio Nº 118-2007-DI.LOG-DISA-II-LS, informa que luego de evaluar en el mercado, se encontró que las licencias a adquirir no admiten sustitutos y que en el Perú el único proveedor que se encuentra autorizado para suscribir contratos de licenciamiento Enterprise Agreement para la adquisición de software Microsoft es la empresa MSLI Latam Inc., por lo que recomienda exonerar el proceso de Licitación Pública programado en base a la causal de bien que no admite sustituto y proveedor único; Que, el Director General de la O fi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, con el Memorando Nº 255 - 2007/DG-OGEI/MINSA remite el Informe Nº 163- 2007-OGEI-OIT/MINSA del Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Informática y Telecomunicaciones