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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de mayo de 2007 345189 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Exoneran de procesos de selección la contratación de suministros de insumos para el Programa del Vaso de Leche y de combustible para las unidades de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 09–2007-MDPN Pueblo Nuevo, 30 de abril del 2007.EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO NUEVOVisto, el Informe Técnico Nº 012 – ABAST - MDPN de la O fi cina de Abastecimiento y el Informe Legal Nº 09 – 2007 - ALE de la O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre la solicitud de declaratoria en situación de desabastecimiento inminente de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo, el Artículo IV del citado cuerpo legal, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - señala que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la situación de desabastecimiento inminente se con fi gura en los casos señalados en el artículo 21º de la Ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, la O fi cina de Abastecimiento mediante el Informe Técnico Nº 012 – ABAST - MDPN, señala que existe desabastecimiento de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, que está afectando la atención a los bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche que administra esta Municipalidad Disitrital, debido a la Declaratoria de Desierto de la Adjudicación Directa Pública Nº 002 – 2007 - MDPN para los ítems Nºs. 1 y 2, lo que ha retrasado la suscripción del Contrato con el o los adjudicatarios de la Buena Pro, estando a lo que resulte de la Segunda Convocatoria que deba realizar el Comité Especial encargado del Proceso de acuerdo a lo señalado en el artículo 32 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; siendo necesaria la aprobación de la declaratoria de desabastecimiento inminente de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, hasta tanto se culmine el proceso de selección correspondiente de acuerdo a Ley; asimismo, señala el Informe que la adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo SERÍA hasta por un monto de S/. 39, 314.88 (Treinta y Nueve Mil Trescientos Catorce con 88/100 Nuevos Soles) para la adquisición de 21, 024 unidades de Leche Evaporada por 410 grs. Y S/. 16, 789.12 (Dieciséis Mil Setecientos Ochenta y Nueve con 12/100 Nuevos Soles) para la adquisición de 5, 596.374 Kilogramos de Hojuela de quinuavena enriquecida, lo que hace un importe total por los dos meses de S/. 56,104.00 (Cincuenta y Seis Mil Ciento Cuatro con 00/100 Nuevos Soles; por un período de sesenta días, y deberá hacerse de acuerdo a lo normado en el artículo 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, el Informe Nº 012 – BAST – MDPN también, , señala que en el Presupuesto Inicial de Apertura aprobado mediante el Resolución de Alcaldía Nº 3202 – 2006 – MDPN/A, del 29 de diciembre del 2006, se ha previsto un importe de S/. 336, 632.00 y que dicho importe está orientado a la atención de gastos de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 09 – 2007 - ALE, en virtud a las opiniones vertidas, señalado en el Informe Técnico Nº 012 – BAST – MDPN y conforme al artículo 20º inciso c) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, opina que corresponde al Concejo Municipal aprobar la exoneración del proceso de adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo por desabastecimiento inminente; En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar en desabastecimiento inminente el suministro de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, por el plazo máximo de sesenta (60) días o hasta que se suscriba el nuevo contrato de suministro, lo que ocurra primero, de conformidad con el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección correspondiente para la contratación del suministro de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, hasta por un monto de S/. 39,314.88 (Treinta y Nueve Mil Trescientos Catorce con 88 /100 Nuevos Soles) para 21, 024 tarros de leche evaporada por 410 grs, y S/. 16, 789.12( Dieciséis Mil Setecientos Ochenta y Nueve con 12/100 Nuevos Soles) para 5, 596.374 Kgs de Hojuela de Quinuavena Enriquecida por un período de 60 días y con cargo a la fuente de fi nanciamiento 01 Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Municipal llevar a cabo las acciones inmediatas a fi n de contratar el suministro respectivo y determinar las responsabilidades a que hubiera lugar a fi n de dar inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría de la Municipalidad comunique el contenido del presente acuerdo y los Informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación, publicar el presente Acuerdo en el diario ofi cial El Peruano en el plazo legal, así como las demás acciones correspondientes de acuerdo a ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO JUÁREZ OCHOA Alcalde 59337-1