Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2007 (24/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345861 El Permiso de Operación otorgado a la empresa a través de la Resolución Directoral Nº 089-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004 tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa LAN PERU S.A. – LAN debe contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 089-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004, modi fi cada a través de las Resoluciones Directorales Nº 226- 2005-MTC/12 del 15 de diciembre del 2005, Nº 026-2006-MTC/12 del 16 de febrero del 2006 y Nº 101-2006-MTC/12 del 19 de junio del 2006, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Director General de Aeronáutica Civil 57081-1 Otorgan permiso de operación a Lima Avionic’s Systems S.A. para el funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronáutico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 092-2007-MTC/12 Lima, 7 de mayo del 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante documento P/D 017169, del 26 de febrero del 2007, la empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.C.”, solicita la renovación de su permiso de operación, otorgado mediante Resolución Directoral Nº 021-2004-MTC/12, como Taller de Mantenimiento Aeronáutico, con las habilitaciones de Aviónica - Limitada y Accesorios - Limitada; Que, la Resolución Directoral Nº 021-2004-MTC/12, caducó el 21 de febrero del 2007, al no haber el recurrente solicitado la renovación dentro del plazo establecido en la Regulación Aeronáutica Peruana -RAP- 145.15(d), por lo que en aplicación del numeral 3 del artículo 75º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la solicitud de la empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.C.”, ha sido encausada como un nuevo permiso de operación; Que, según el memorando Nº 1629-2007-MTC/12.04; Informe Nº 310-2007-MTC/12.04.SDA y Memorándum Nº 341-2007-MTC/12.AL, se señala que la empresa solicitante cuenta con la Capacidad Técnica y Legal, respectivamente, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Apéndice B de la parte 145 de la RAP; De conformidad con el artículo 9º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley Nº 27261 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR a la empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.C.”, Permiso de Operación por el plazo de (4) cuatro años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano, para el funcionamiento como Taller de Mantenimiento Aeronáutico; con las siguientes Clases de habilitaciones: Aviónica : Limitada Accesorios : Limitada Artículo Segundo.- Las Habilitaciones a las que se hace referencia en el Artículo Primero de la presente Resolución, se encuentran descritas en el certi fi cado número TAM-002 y están limitadas a lo señalado en las “Especi fi caciones de Operación”, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.AC.”, debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspección, cuya copia se archiva en la Dirección General de Aeronáutica Civil. Las modi fi caciones a dicho Manual, deben ser previamente aprobadas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), para su aplicación. Artículo Cuarto.- La Dirección General de Aeronáutica Civil efectuará inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronáutico de la Empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.C.”, a fi n de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas. Artículo Quinto.- La autorización que se otorga por la presente Resolución al Taller de Mantenimiento Aeronáutico de la empresa “LIMA AVIONIC´S SYSTEMS S.A.C.”, queda sujeta a la Ley de Aeronáutica Civil y sus modi fi catorias, su Reglamento, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, a las Directivas que dicte la Dirección General de Aeronáutica Civil y a las demás normas aplicables. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Director General de Aeronáutica Civil 62541-1 Renuevan y modifican permiso de operación de aviación comercial a Lan Airlines S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 094-2007-MTC/12 Lima, 9 de mayo del 2007 Vista la solicitud de LAN AIRLINES S.A. (antes LAN CHILE S.A.) sobre Renovación y Modi fi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2002- MTC/15.16 del 14 de enero del 2002, modi fi cada mediante Resolución Directoral Nº 065-2002-MTC/15.16 del 10 de abril del 2002 se otorgó a LAN CHILE S.A., de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 099-98-MTC/15.02, la renovación y modi fi cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 17 de mayo del 2001; Que, mediante documentos de Registro Nº 061747 del 22 de octubre del 2004, Nº 2005-006622 del 15 de marzo del 2005 y Nº 035414 del 26 de mayo del 2006, LAN AIRLINES S.A. (antes LAN CHILE S.A.) solicitó la Modi fi cación y Renovación de su Permiso de Operación, respectivamente, a fi n de consignar el nuevo nombre de la empresa: LAN AIRLINES S.A., e incrementar material aeronáutico AIRBUS A319; manteniendo las mismas rutas, frecuencias y derechos aerocomerciales; Que, en el presente trámite se ha acreditado la modi fi cación de la denominación social de la compañía de LAN CHILE S.A. a LAN AIRLINES S.A.; Que, según los términos de los Memorandos Nº 0913- 2004-MTC/12.AL, Nº 1008-2004-MTC/12.AL, Nº 249-2005-MTC/12.AL, Nº 288-2005-MTC/12.AL, Nº 564-2006-MTC/12.AL y Nº 645-2006-MTC/12.AL emitidos por la Asesoría Legal; Memorandos Nº 014-2006-MTC/12, Nº 020-2006-MTC/12 y Nº 055-2007-MTC/12 emitidos por la Asesoría de Política Aérea; y Memorandos Nº 616-2006-MTC/12.04 y Nº 1449-2007-MTC/12.04 emitidos por la Dirección de Seguridad Aérea; LAN AIRLINES S.A. (antes LAN CHILE S.A.) ha cumplido con los requisitos establecidos para el presente trámite, por lo que se considera pertinente atender lo solicitado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 868-2006- MTC/02 se dejó sin efecto, a partir del 1 de abril del 2007, la Resolución Ministerial Nº 099-98-MTC/15.02. Que, conforme a lo señalado en el Memorando Nº 055- 2007-MTC/12 emitido por la Asesoría de Política Aérea, el marco legal que regula los derechos aerocomerciales con la República de Chile es el Acta de Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República del Perú y la República de Chile, suscrita con fecha 22 de marzo del 2007, rati fi cada mediante Resolución Ministerial Nº147- 2007-MTC/02, vigente a partir del 1 de abril del 2007;