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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2007 (24/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345869 Protocolo y de la Administración del Juzgado Penal de Turno Permanente, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente ALICIA GÓMEZ CARBAJALR. LILIANA DÁVILA BRONCANOOSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 64020-2 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de soporte y actualización de software Oracle RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 461-2007-JEF/RENIEC Lima, 22 de mayo de 2007. VISTOS: El Informe Nº 598-2007-SGLG/GAD/RENIEC, de la Subgerencia de Logística y el Informe Nº 642-2007- GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 021-2007-JEF/ RENIEC, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC para el ejercicio presupuestal 2007, en el cual se encuentra incluida la Licitación Pública “Soporte y Actualización de Software Oracle”, con un valor estimado de S/. 533,789.20 (Quinientos treinta y tres mil setecientos ochenta y nueve con 20/100 Nuevos Soles); Que, con Informe Nº 544-2007/SGLG/GAD/RENIEC, la Subgerencia de Logística re fi ere que habiéndose realizado el estudio de mercado, el valor referencial de dicho proceso asciende a la suma de US$ 173,250.36 (Ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta con 36/100 Dólares Americanos) incluido impuestos de Ley; Que, mediante Informe Nº 532-2007/SGP/GPP/RENIEC adjunto al O fi cio Nº 964-2007/GPP/RENIEC, la Subgerencia de Presupuesto otorga la cobertura presupuestal para la adquisición del referido bien por la suma indicada en el considerando precedente, con cargo a la Fuente de Recursos Directamente Recaudados; Que, asimismo, mediante O fi cio Nº 366-2007/SGSTO/ GI/RENIEC, la Subgerencia de Soporte Técnico Operativo señala que el Soporte y Actualización de Software Oracle es un servicio destinado a garantizar la operatividad de la Base de Datos Oracle con la que cuenta la institución; en tal sentido, el proceso de selección deberá cali fi car como un Concurso Público en lugar de una Licitación Pública; Que, teniendo en cuenta que ha variado el tipo de proceso de selección, por considerarse un objeto distinto, debe procederse a la modi fi cación del Plan Anual, excluyendo el proceso previsto e incluyendo el proceso que corresponda según la variación; esto es, excluir la Licitación Pública e incluir un Concurso Público destinado a la contratación del servicio de soporte y actualización de software Oracle; Que, por otro lado, mediante Carta S/N de fecha 29 de marzo del 2007, emitida por Oracle Latin America, se hace constar que la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. es una subsidiaria indirecta de Oracle Corporation, siendo la única autorizada para brindar el servicio de Soporte Técnico Oracle; por tal consideración y de acuerdo al Informe Nº 069-2007/SGSTO/GI/RENIEC de la Subgerencia de Soporte Técnico Operativo y el Informe Nº 598-2007-SGLG-GAD/RENIEC de la Subgerencia de Logística, la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. es la única que puede brindar el servicio de soporte y actualización a las licencias de Software Oracle adquiridas por la Entidad; Que, conforme a lo previsto en el literal e) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; Que, de otro lado, los numerales 1) y 2) del artículo 27º del mencionado Reglamento indican que el Plan Anual de la Entidad podrá ser modi fi cado cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección o cuando se modi fi que la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección, encontrándose su aprobación y difusión sujetos a la forma prevista en los artículos 25º y 26º de la norma acotada; Que, asimismo, en aplicación de los artículos 25º y 26º del Reglamento, la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponda, y publicado en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de modi fi cado; Que, adicionalmente, el Plan Anual modi fi cado deberá estar a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones del RENIEC y en la página web institucional; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a lo expuesto en el Acta Nº 06-2007 del Comité Técnico Económico del RENIEC, de fecha 14 de mayo del 2007; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Excluir del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, correspondiente al ejercicio presupuestal 2007, el proceso de selección por Licitación Pública destinado al “Soporte y Actualización de Software Oracle”, e incluir el proceso de selección bajo la modalidad de Concurso Público para la contratación del servicio de “Soporte y Actualización de Software Oracle”, por un valor estimado US$ 173,250.36 (Ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta con 36/100 Dólares Americanos), incluido impuestos de ley, de acuerdo al cuadro anexo a la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar la modi fi cación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC correspondiente al ejercicio presupuestal 2007 y encargar a las Gerencias de Administración e Informática efectuar la respectiva publicación en el SEACE y en la página web institucional en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución, así como ponerlo a disposición del público usuario. Artículo Tercero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por Concurso Público por causal de servicio que no admite sustituto y existencia de proveedor único, por un valor referencial aproximado de US$ 173,250.36 (Ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta con 36/100 Dólares Americanos), incluido impuestos de ley y con cargo al marco presupuestal de la Fuente de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación del referido servicio mediante acciones inmediatas y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el SEACE, así como en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado , dentro del mismo plazo. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 64324-1