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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de mayo de 2007 345867 Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 20, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Plan Nacional de Descarga:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Nacional de Descarga Procesal, que consta de tres etapas: • Depuración y Actualización de Expedientes Judiciales. • Inventario de Expedientes Principales y Cuadernos (Incidentes), que debe incluir además aquellos que se encuentran en la Fiscalía y Archivo Transitorio. • Descarga Procesal. Depuración y Actualización de Expedientes Judiciales: Artículo Segundo.- Las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República y los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del país, dispondrán la ejecución de la Depuración y Actualización de expedientes judiciales, siendo la Depuración la remisión de expedientes al archivo y la Actualización el poner al día los registros en el sistema o en forma manual de modo que a partir de ello, se realice esta actividad en forma permanente y paralela a la inmediata realización de actuaciones judiciales. Inventario de Expedientes Principales y Cuadernos (incidentes): Artículo Tercero.- El inventario de expedientes y cuadernos (incidentes), se realizará en forma posterior a la depuración y actualización. Todo el proceso que incluye la depuración, actualización, e inventario de expedientes principales y cuadernos (incidentes), se inicia el 1° de junio y culmina el 30 del mismo mes del presente año. Los Secretarios de las Salas Supremas, deben entregar a la Presidencia de Sala la información del trabajo realizado el primer día útil del mes de julio, con copia al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por escrito o en medio magnético (CD) hasta el 13 de julio del presente año. Del mismo modo, todos los órganos jurisdiccionales de cada Distrito Judicial deben entregar a la respectiva Presidencia de Corte Superior de Justicia su información el primer día útil del mes de julio, y cada Corte Superior, debe consolidar la información correspondiente a su Distrito Judicial y remitirla al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en medio magnético (CD), con copia a la Gerencia General, a mas tardar el 13 de julio del año en curso. Para efectos de la realización del inventario, se utilizará el Formulario que como anexo es parte integrante de la presente resolución. Descarga Procesal: Artículo Cuarto.- Sobre la base de los resultados del inventario de expedientes y cuadernos (incidentes), el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dictará las medidas orientadas a implementar las acciones conducentes a la Descarga Procesal, para lo cual los Presidentes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República así como los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia presentarán las propuestas respectivas de acuerdo a los resultados del trabajo realizado. Responsabilidades: Artículo Quinto.- Los Presidentes de las Salas Supremas y los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia se encargarán, respectivamente del estricto cumplimiento de la ejecución del Plan de Descarga Procesal a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución y del cumplimiento de los plazos respectivos. Artículo Sexto.- Los Magistrados de cada órgano jurisdiccional, supervisarán el desarrollo de la depuración y actualización de los expedientes judiciales, y serán responsables de la información del inventario obtenida de la judicatura a su cargo. Artículo Sétimo.- La Ofi cina de Control de la Magistratura y las O fi cinas Distritales de Control de la Magistratura efectuarán visitas inopinadas de selección aleatoria a las dependencias judiciales, con el propósito de verifi car el proceso y resultados que se derivan de la presente resolución. Artículo Octavo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Jefes de las O fi cinas Distritales de Control de la Magistratura, a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWALTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 63725-4 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Suspenden el ingreso de nuevas demandas a los Juzgados Civiles con subespecialidad Comercial del 1º al 7º de la Corte Superior de Justicia de Lima, debiendo distribuirse entre el 11º y 12º Juzgados RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2007-CED-CSJLI/PJ Lima, 21 de mayo del 2007 VISTOS : Los Ofi cios Nºs. 024-2007-P-SJCSEC-CSJLI/PJ, 300- 2007-ADP/CSJLI-PJ y 365-2007-ADP/CSJLI-PJ, de fechas 28 de marzo, 12 de abril y 17 de mayo del año en curso, respectivamente; y CONSIDERANDO: Primero.- Que por Resolución Administrativa Nº 312-2006-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso, a partir de octubre del año pasado, el funcionamiento de 5 Juzgados Civiles con sub especialidad Comercial, implementados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 115-2006-CE-PJ, sumándose a los que venían funcionando desde abril del año 2005; asignándoles la Corte Superior, la numeración correlativa del 8º al 12º. Segundo.- Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la resolución indicada, estableció que 2 de los Juzgados creados inicien funciones con carga cero (11º y 12º) y 3 de ellos (8º, 9º y 10º) tramiten, en forma equitativa, los procesos de dicha materia que giran ante 22 Juzgados Civiles. Tercero.- Que por o fi cio de vista, el Presidente de la Sala Civil con sub especialidad Comercial y el Presidente de la Comisión de Transferencia y Recepción de Expedientes, solicitan se dispongan las medidas necesarias para la corrección de la fórmula aleatoria en la distribución equitativa de procesos entre los Juzgados; encargado al Área de Desarrollo de la Presidencia el análisis estadístico e informe correspondientes. Cuarto.- Que mediante los Oficios Nºs. 300-2007- ADP/CSJLI-PJ y 365-2007-ADP/CSJLI-PJ, el Área de Desarrollo de la Presidencia informó, que los Juzgados 1º al 7º, que vienen funcionando desde