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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2007 (25/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345916 - Abogado Derik Roberto Latorre Boza, quien la presidirá. - Abogado Carlos Cabieses López.- Abogado Víctor Manuel Rodríguez Buitrón. Artículo Segundo.- Constituir la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que estará conformada por los siguientes Vocales: - Abogado Carlos Augusto Salazar Romero, quien la presidirá. - Abogado Martín Zumaeta Giudichi - Abogada Mónica Yadira Yaya Luyo Artículo Tercero.- Constituir la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que estará conformada por los siguientes Vocales: - Abogado Juan Carlos Valdivia Huaringa, quien la presidirá - Abogado Carlos Navas Rondón.- Abogada Janette Elke Ramírez Maynetto. Artículo Cuarto.- Constituir la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que estará conformada por los siguientes Vocales: - Abogado Oscar Luna Milla, quien la presidirá - Abogado Juan Carlos Mejía Cornejo.- Abogada Wina Grely Margarita Isasi Berrospi. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto los artículos Primero y Segundo de la Resolución Nº 149-2007-CONSUCODE/PRE de fecha 23 de marzo de 2007. Artículo Sexto.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 177- 2007- CONSUCODE/PRE de fecha 4 de abril de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente 64181-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Reconstituyen Comisión de Trans- parencia y Anticorrupción del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 333-2007-INPE/P. Lima, 24 de mayo de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial N° 505-2004- INPE/P de fecha 15 de julio de 2004, se creó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y de fi nir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupción e inmoralidad, consultas y acceso a la información, respecto a la función pública de los servidores del INPE; Que, con Resolución Presidencial N° 601-2006-INPE/ P de fecha 2 de octubre de 2006, se reconstituyó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, quedando integrada por el Dr. Felipe Noblecilla Pascual como Presidente, Sr. Juan Bendezú Canchoa y la Lic. María Huaracha Mosaurieta como miembros; Que, por necesidad institucional se ha visto por conveniente reconstituir la citada comisión, por lo que debe expedirse el acto administrativo correspondiente;Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 073-2007-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1°.- RECONSTITUIR la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y de fi nir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupción e inmoralidad, consultas y acceso a la información, respecto a la función pública de los servidores del INPE, la misma que estará integrada por las siguientes personas: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO Sr. JOSE MANUEL VILLAORDUÑA ARISTONDO PRESIDENTE Sr. EDWIN SALAZAR ALVAREZ MIEMBROLic. MARIA HUARACHA MOSAURIETA MIEMBRO Artículo 2°.- DISPONER que todos los órganos del INPE brinden el apoyo que les pueda requerir la citada Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para el mejor desarrollo de sus funciones y objetivos. Artículo 3°.- DISTRIBUIR copia de la presente resolución a los integrantes de la Comisión y a las instancias correspondientes, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO CARRION ZAVALA PresidenteConsejo Nacional Penitenciario 64503-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran infundados recursos de apelación que sancionaron con multa a Arequipa Gas E.I.R.L., Costa Gas S.A. y Piura Gas S.A.C. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 190-2007-OS/CD Lima, 23 de abril de 2007 VISTO:El recurso de apelación formulado con fecha 8 de mayo de 2006 por la empresa AREQUIPA GAS E.I.R.L., representada por el señor María Luz Salas Lucero, contra la Resolución de Gerencia General Nº 542-2006-OS/GG de fecha 30 de marzo de 2006; CONSIDERANDO:1. Mediante Resolución de Gerencia General N° 542-2006-OS/GG de fecha 30 de marzo de 2006 se sancionó a AREQUIPA GAS E.I.R.L. con 1,5 UIT de multa por incumplimiento del Cronograma de Inversiones del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su establecimiento ubicado en Calle Las Canteras Mz. K, Lote 2 N° E10-101, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, habiéndose determinado el incumplimiento de las siguientes obligaciones: