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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2007 356409 daño al consumidor cuando se preparen y/o consuman de acuerdo con el uso a que se destinan.Inspecciones: Evaluaciones o exámenes que se realizan para veri ¿ car el cumplimiento de requisitos o condiciones. Laboratorio Autorizado: Laboratorio autorizado por el SENASA para efectuar actividades o ¿ ciales, bajo condiciones y términos de ¿ nidos en el reglamento y demás normas complementarias que emita la entidad al respecto.Menudencia: Hígado, molleja (estómago duro), corazón de aves de abasto, en comercio internacional se denominan despojos comestibles.Muestreos: Obtención de información o de un espécimen, de una fracción representativa de la población en estudio.Órgano de Línea Competente: Dirección General de Sanidad Animal del SENASA o quien haga sus veces.Personal autorizado por SENASA: Personal perteneciente al cuerpo técnico del SENASA o profesional de práctica privada reconocido por SENASA por medio de una autorización.Poblaciones de Aves: Grupos de aves vinculados por características comunes de localización, especie y variedad, crianza, propósito u objetivo de la parvada. Para el caso del presente reglamento se considerarán cinco (5) tipos: Aves de Granja o Crianza Tecni ¿ cada, Aves de Traspatio, Aves de Combate, Aves Silvestres: Migratorias, Residentes, o en Cautiverio (Aviarios).Plan de Adecuación de Sanidad Avícola (PASA): Plan propuesto por la administración del establecimiento avícola para cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento del Sistema Sanitario Avícola, de ¿ niendo un cronograma de ejecución física.Planta de Incubación: Establecimiento con características sanitarias cuya actividad es la incubación de huevos fértiles para la producción de Pollitos BB (Reproductores, Postura, Broilers, Pavos, Patos y otros).Profesional responsable: Médico Veterinario del establecimiento avícola, colegiado y habilitado, responsable de la inspección, crianza, producción, comercialización o Faenamiento, según corresponda.Profesional Autorizado: Tercero autorizado por el SENASA para efectuar actividades o ¿ ciales, bajo condiciones y términos de ¿ nidos en el reglamento y demás normas complementarias que emita la entidad al respecto.Pruebas ofi ciales: Pruebas reconocidas por la autoridad o ¿ cial como válidas para la vigilancia de las enfermedades.SIGSA: Programa informático “Sistema Integrado de Gestión de la Sanidad Animal”.Sistema de Bioseguridad común: Condiciones y acciones de bioseguridad que se realizan en dos o más unidades productivas las cuales se ejecutan coordinadamente entre los titulares y cumplen el objetivo de preservar la protección sanitaria para el área total que ocupan los establecimientos.Sistema de Bioseguridad equivalente: Condiciones y acciones de bioseguridad que se realizan en dos o más unidades productivas las cuales se ejecutan independientemente por los titulares; pero cumplen el objetivo de preservar la protección sanitaria para el área total que ocupan los establecimientos.Transportista: Para el presente Reglamento, es aquella persona natural o jurídica que moviliza o transporta animales, productos y subproductos pecuarios; bajo cualquier medio de transporte, independientemente de su condición de propietario o chofer de la unidad vehicular.Titular de registro: Persona natural o jurídica que suscribe la solicitud de autorización de apertura y funcionamiento del establecimiento avícola.Uso indebido: Acción voluntaria o negligente cometida con el propósito de dar un ¿ n distinto. Vigilancia: (epidemiológica) Designa las investigaciones a las que es sometida una población o una subpoblación determinada para detectar la presencia de un agente patógeno o de una enfermedad; la frecuencia y el tipo de vigilancia serán determinados por la epidemiología del agente patógeno o de la enfermedad, así como por los resultados que se deseen obtener, teniendo preestablecidas las acciones a realizar según los hallazgos.Zona avícola: Designa un área geográ ¿ ca claramente delimitada, en la cual se realizan actividades de crianza industrial de aves que están sujetas a características comunes de manejo, propiedad, medio ambiente o cualquier otra interacciónZoocriaderos (Aviarios): Establecimiento donde se realiza crianza y reproducción, en cautiverio, de aves exóticas o silvestres. ANEXO 2 CUADRO DE DISTANCIAS Establecimiento Abuelas Padres Planta IncubaciónPlanta Alimento Balan.Broilers Postura Acopio Faenamiento o centro de lavado (LC)Acopio Guano, Plumas etc.Humedal, Bofedal o equivalenteOtros animalesCriadores de aves de combateColiseos de GallosLab. Pat. AviarBotadero o Relleno Sanitario Abuelas 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 5 km 10 km 5 km 5 km 5 km 5 km 10 km Padres 5 km 2 km 2 km 2 km 2 km 2 km 5 km 5 km 2 km 10 km 2 km 2 km 2 km 2 km 10 km Planta de Incubación5 km 2 km 200 m 200 m 500 m 500 m 5 km 5 km 500 m 10 km 200 m 500 m 2 km 2 km 10 km Planta de Alimento Bal.5 km 2 km 200 m No requiere500 m 500 m 500 m 500 m 500 m 10 km 200 m 500 m 200 m 2 km 10 km Broilers 5 km 2 km 500 m 500 m 500 m 500 m 5 km 5 km 5 km 10 km 500 m 500 m 2 km 2 km 5 km Postura 5 km 2 km 500 m 500 m 500 m 500 m 5 km 5 km 5 km 10 km 500 m 500 m 2 km 2 km 5 kmAcopio 5 Km 5 km 5 km 500 m 5 km 5 km No requiere No requiere 5 km 10 km 500 m 5 km 1 km 2 km 3 km Faenamiento o centro de lavado5 km 5 km 5 km 500 m 5 km 5 km No requiere No requiere 5 km 10 km 500 m 5 km 1 km 2 km 10 km Acopio Guano, Plumas, etc.5 km 2 km 500 m 500 m 5 km 5 km 5 km 5 km No requiere 10 km 500 m 5 km 1 km 2 km 3 km Humedal, Bofedal o equivalente10 km 10 km 10 km 10 km 10 km 10 km 10 km 10 km 10 km No aplica No aplica 10 km 10 km 10 km No requiere Otros animales 5 km 2 km 200 m 200 m 500 m 500 m 500 m 500 m 500 m No aplica No aplica 500 m 500 m 500 m No requiere Criadores de aves de combate5 km 2 km 500 m 500 m 500 m 500 m 5 km 5 km 5 km 10 km 500 m No aplica 2 km 2 km 5 km Coliseos de Gallos5 km 2 km 2 km 200 m 2 km 2 km 1 km 1 km 1 km 10 km 500 m 2 km No requiere500 m 5 km Lab. Pat. Aviar 5 km 2 km 2 km 2 km 2 km 2 km 2 km 2 km 2 km 10 km 500 m 2 km 500 m No requiere10 km Botadero o Relleno Sanitario10 km 10 km 10 km 10 km 5 km 5 km 3 km 10 km 3 km No aplica No aplica 5 km 5 km 10 km No requiere Las distancias consignadas en el presente Cuadro se miden entre los puntos más cercanos de las instalaciones existentes o proye ctadas e informadas a SENASA; o entre los puntos más cercanos entre dichas instalaciones y los humedales, rellenos sanitarios u otros animales. Otros animales: Crianza o tenencia de animales domésticos o silvestres en cautiverio.