Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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del MORDAZA que le correspondia, a la contratacion de la empresa SONDA DEL PERU S.A. para que brinde el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN, en virtud de lo senalado en el literal e) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que precisa que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, dicha contratacion se llevo a cabo mediante Exoneracion Nº 24-2006-SBS-SS con la empresa SONDA DEL PERU S.A. por un importe anual de USD 85,683.00 (Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 00/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gastos y tributos por el periodo del 1 de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2007; Que, mediante Memorandum N° 256-2007-GTI la Gerencia de Tecnologias de Informacion senala que es necesaria la renovacion del servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN, tomando en cuenta que estos servidores permiten la disponibilidad de los sistemas en produccion de la Superintendencia, entre los cuales se encuentran los Sistemas Corporativos, la Central de Riesgos por Saldos, el Sistema de Instituciones, el Sistema de Inversiones, la Extranet (Portal del Supervisado), el Servidor de Seguridad (firewall) y la nueva plataforma del Sistema de Comunicaciones SIX/ TCL; Que, en ese sentido, la Gerencia de Tecnologias de Informacion senala que se requiere contratar el servicio de soporte y mantenimiento del hardware y software de los equipos MORDAZA SUN por un ano, durante las 24 horas consecutivas, de lunes a MORDAZA, que comprenden los equipos SUN FIRE 4800, SUN 3500, SUN 250 y SUN NETRA T1 SERVER, consistente en: 1. Suministrar el Servicio de Reparacion a los equipos durante el Periodo Contratado de Mantenimiento, cuando se le notifique que los equipos no funcionan correctamente. El proveedor MORDAZA sus mejores esfuerzos para responder a las llamadas por requerimiento de servicio dentro de un minimo de tiempo de dos (2) horas, luego de recibida dicha notificacion. 2. Proveer Mantenimiento Preventivo con una frecuencia de dos (2) veces al ano para todos los equipos, en un horario aceptable para MORDAZA partes. El Mantenimiento Preventivo podra ser realizado conjuntamente con el Servicio de Reparacion. 3. Suministrar toda la mano de obra, partes y modificaciones a los equipos que el proveedor del servicio considere necesaria para mantener a los equipos en buenas condiciones de funcionamiento. Todas las partes seran suministradas sin costo adicional, en base al intercambio y seran partes nuevas estandar o partes de igual calidad. 4. Todo equipo que sea removido y no se siga usando conjuntamente con el equipamiento, podra ser retirado de este servicio de Mantenimiento por la SBS, mediante notificacion por escrito al proveedor del servicio con treinta (30) dias de anticipacion. 5. La SBS proveera total y libre acceso a los equipos cubiertos bajo el servicio de Mantenimiento, espacio de trabajo y facilidades adecuadas dentro de una distancia razonable a los equipos, para prestar los Servicios de Mantenimiento y/o Reparacion especificados. 6. El proveedor del servicio garantiza que prestara los servicios cubiertos por este Contrato de una manera competente y responsable. 7. El proveedor del servicio de Mantenimiento se compromete a no divulgar ni transferir a terceros la informacion que la SBS le brinde para la ejecucion de la prestacion a su cargo, sin la autorizacion previa y por escrito de la SBS. En caso contrario, el proveedor del servicio respondera por los danos y perjuicios causados. Asi tambien, el servicio de soporte para productos de Software consiste en: 1. Entregar una MORDAZA, en un medio apropiado, de todas las actualizaciones y revisiones que SUN libere para cada uno de los productos de software licenciados.

2. Mejoras y correcciones hechas a los manuales que estan incluidos en los productos licenciados. 3. Servicio de Reporte de Problemas, para las ultimas revisiones de los productos de software licenciado. Todos los problemas reportados por el usuario se aceptaran por parte del proveedor del Servicio de Soporte. 4. Una nota de aceptacion indicando un numero de identificacion de los problemas reportados. 5. Proveera informacion del estado del problema reportado. 6. Proveera, ante un problema de software reportado, una de las siguientes: a. Un arreglo parcial hasta la distribucion de una actualizacion del producto. b. Un arreglo permanente ya sea del producto de "software" como de la documentacion. c. Proveera al usuario con alguna de las siguientes respuestas: i. Problema no reproducible. ii. Error del usuario. iii. Problema a ser corregido en futuras revisiones. 7. La empresa proveedora del Servicio de Soporte proveera de un soporte telefonico durante todos los dias las 24 horas, consistente en el aislamiento y definicion de problemas y ayuda en la preparacion de un problema de software reportado, tal como se describe en el punto Nº 6. 8. Para situaciones que se pueden calificar como criticas, la empresa proveedora del Servicio de Soporte intentara generar un procedimiento alternativo para evitar el problema o una solucion temporal de parche en espera de una solucion definitiva. Que, en concordancia con lo anteriormente senalado, la empresa SONDA DEL PERU S.A., ha remitido la cotizacion referida al servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN por el periodo 2007-2008, por un monto que asciende a USD 85,683.00 (Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 00/100 Dolares Americanos) incluido el IGV; Que, mediante Carta s/n de fecha 22 de agosto de 2007, la empresa SUN MICROSYSTEMS OF CALIFORNIA, INC., a traves de SUN MICROSYSTEMS DE MORDAZA S.A. indica que la empresa SONDA DEL PERU S.A. es a la fecha la empresa autorizada en el Peru por el fabricante para ofrecer el soporte tecnico de los equipos MORDAZA SUN MICROSYSTEMS, por lo que se constituye en el proveedor unico de los servicios a contratar, toda vez que son los unicos autorizados en el Peru para brindar los servicios de soporte y mantenimiento de los equipos SUN MICROSYSTEMS requeridos por esta Superintendencia; Que, mediante Informe Nº 084-2007-DL, de fecha 25 de octubre de 2007, el Departamento de Logistica sustenta tecnicamente a la Superintendencia Adjunta de Administracion General, las razones por las cuales se hace necesario contratar el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN, que brinda la empresa SONDA DEL PERU S.A., a fin de garantizar la conservacion y las condiciones optimas de funcionamiento de los equipos SUN, los mismos que se encuentran a cargo de la Gerencia de Tecnologias de Informacion. En el referido informe, el Departamento de Logistica senala que la empresa SONDA DEL PERU S.A. se constituye en proveedor unico de los mencionados servicios, toda vez que es la unica empresa autorizada en el Peru para brindar el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN; en tal sentido, manifiesta que no existe actualmente otro proveedor de dichos servicios, los que son indispensables para el normal desarrollo de las actividades de supervision y control que ejerce la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, por las razones tecnicas expuestas en el Informe Nº 084-2007-DL, el Departamento de Logistica concluye que se hace necesaria la contratacion del servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN que brinda la empresa SONDA DEL PERU S.A.;

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