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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2007 358558 mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN 137907-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban exoneración de proceso de selección para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de la SUNAT en los departamentos de Tacna y Moquegua RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 221-2007/SUNAT Lima, 28 de noviembre de 2007VISTOS:El Informe N° 305-2007-SUNAT-2G1000, el Memorándum Electrónico N° 00147-2007-2P0000, el Informe N° 221-2007-SUNAT-2P0100, el Informe N° 303-2007-SUNAT/2G3100 y el Informe Legal N° 076-2007-SUNAT/2B2300; los mismos que contienen la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; CONSIDERANDO: Que el 6 de julio de 2007 se publicó en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – SEACE, la convocatoria del Concurso Público N° 0011-2007-SUNAT/2G3100, en adelante el Concurso, para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de la SUNAT en diversos departamentos del Perú; recogiéndose en el ítem 7 el citado servicio para los departamentos de Tacna y Moquegua; Que el calendario del Concurso, desde su convocatoria hasta el otorgamiento de la buena pro, abarcaba el periodo comprendido entre el 6 de julio de 2007 hasta el 29 de agosto de 2007, respectivamente; Que el 29 de agosto de 2007 se otorgó la buena pro del ítem 7, al Consorcio conformado por las empresas MORGAN SECURITY SAC, PRO VIGILIA SA, BONETTI PERU SAC y FORZA SEGUR SAC, en adelante el Consorcio; Que mediante Carta N° 689-2007-SUNAT/2G3000 se citó al Consorcio, otorgándole el plazo de ley para que se presente a suscribir el contrato el 3 de octubre de 2007, por los ítems 1, 3, 6, 7 y 8, con la documentación requerida. Sin embargo, en la fecha prevista para la mencionada suscripción, se encontraron observaciones a las estructuras de costos presentadas, por lo que en aplicación a lo dispuesto en la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, se otorgó un plazo adicional para que éstas sean subsanadas; Que pese al plazo otorgado, el Consorcio no cumplió a cabalidad con la subsanación, por lo que mediante Carta N° 260-2007-SUNAT/2G0000 de fecha 5 de octubre de 2007, se le comunicó la pérdida automática de la buena pro de los ítems 1, 3, 6, 7 y 8, al no haber presentado las estructuras de costos acorde con lo requerido en las bases integradas del Concurso; Que así, no se pudo lograr el objetivo planifi cado de obtener oportunamente un proveedor conforme al calendario legalmente previsto, por razones ajenas a la organización de la SUNAT. Asimismo, al haberse otorgado la buena pro a la única propuesta válida, no existía la posibilidad de citar a un segundo postor; por la cual se declaró desierto el ítem 7 del Concurso; Que mediante Informe N° 305-2007-SUNAT-2G1000 de la Ofi cina de Seguridad y Memorándum Electrónico N° 00147-2007-2P0000 de la Intendencia Regional Tacna, se informa que teniendo en cuenta los costos mensuales actuales por el servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de la SUNAT en los Departamentos de Tacna y Moquegua, el saldo del monto de los contratos vigentes permitirán contar con el referido servicio hasta el 30 de noviembre de 2007, en el caso de Tacna, y hasta el 10 de diciembre de 2007, en el caso de Moquegua; Que asimismo, mediante el Informe antes citado la Ofi cina de Seguridad manifi esta que toda vez que la realización de la segunda convocatoria del Concurso Público N° 0011-2007-SUNAT/2G3100 tomaría un plazo aproximado de seis meses, hecho que excede ampliamente las fechas en las cuales vencen los contratos vigentes, es necesario adoptar las acciones correspondientes para garantizar la continuidad del servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de la SUNAT comprendidas en los Departamentos de Tacna y Moquegua, a partir del 1 de diciembre de 2007 y del 11 de diciembre de 2007, respectivamente; Que por tanto, dicha Ofi cina estima necesario se gestione una exoneración del proceso de selección correspondiente, en vista que esta situación estaría ocasionando un desabastecimiento inminente debido a que la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia compromete en forma directa la continuidad de los servicios esenciales que brindan las sedes de SUNAT en los Departamentos de Tacna y Moquegua. La proporción mínima indispensable para evitar el desabastecimiento inminente, y proceder a organizar un proceso de libre concurrencia para contratar la cantidad total de lo necesario, es de seis (6) meses; Que igualmente, esta misma Ofi cina indica que la causal de desabastecimiento inminente tiene un horizonte temporal previsible que va desde la fecha de su aprobación hasta la fecha de inicio del nuevo servicio, que resulte de la organización y ejecución de la segunda convocatoria del Concurso Público N° 0011-2007-SUNAT/2G3100 o hasta agotar el monto contratado; Que el 30 de octubre de 2007, se emitió la Resolución de Intendencia N° 539-2007/SUNAT, por la cual se aprobó la modifi cación excepcional del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SUNAT, la cual incluye un proceso de concurso público para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de SUNAT de los Departamentos de Tacna y Moquegua; Que el monto a contratar obtenido como consecuencia del estudio de mercado efectuado asciende a S/. 1´464,886.14 (Un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y seis y 14/100 Nuevos Soles); Que mediante Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nos. 200701OSA1464 y 200801OSA0399, de fecha 9 de noviembre de 2007, se otorgó la disponibilidad de recursos, siendo la fuente de fi nanciamiento los recursos propios de la institución; Que en este orden de ideas, se observa que la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia para las sedes de SUNAT en los Departamentos de Tacna y Moquegua, se ha suscitado fuera del orden natural o común de un proceso de contratación, lo que ha derivado en una situación de desabastecimiento concreta e inminente del mencionado servicio; Que mediante Informe N° 221-2007-SUNAT-2P0100, la Ofi cina de Administración y Almacén de la Intendencia Regional Tacna indica que las instalaciones de las sedes institucionales por sus características particulares, albergan diariamente un número signifi cativo de usuarios, servidores, trabajadores y funcionarios, los que requieren de un adecuado marco de seguridad orientado a preservar la integridad de estas personas. La prestación del servicio de seguridad resulta esencial para las actividades y funciones que realiza la SUNAT, ya que garantiza la seguridad e intangibilidad del patrimonio y mobiliario de la Institución, en la medida que la ausencia de este servicio puede afectar la operatividad y gestión administrativa de la SUNAT, así como la continuidad de las actividades y