Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

Que, el literal e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y donde exista un proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que, en concordancia con la precitada MORDAZA legal, el articulo 144º del Reglamento de la MORDAZA mencionada MORDAZA, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podra contratar directamente. Senala la MORDAZA ademas que se considerara que existe proveedor unico en los supuestos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor; Que, de otro lado, el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion de Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; una MORDAZA de la mencionada Resolucion debera ser remitida a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante Informe N° 024-2007-SAAJ de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, se establece que en merito a lo senalado por el Departamento de Logistica, el servicio brindado por SONDA DEL PERU S.A. es unico, por lo que se constituyen en servicios que no admiten sustitutos, resultando de aplicacion lo senalado en el articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, configurandose la causal prevista en el literal e), por lo que resulta legalmente procedente exonerar la contratacion del servicio requerido; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa SONDA DEL PERU S.A. a fin que preste el servicio de soporte y mantenimiento de los equipos MORDAZA SUN de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 85,683.00 (Ochenta y Cinco Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 00/100 Dolares Americanos), incluidos todo concepto, gasto y tributo. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion, por el plazo de un ano. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos y Legales que sustentan estas exoneraciones a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 137469-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan funcionarios responsables de atender pedidos de informacion y fedatarios institucionales en el ambito de las Oficinas Regionales del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 093-2007-INDECOPI/DIR MORDAZA, 26 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la politica institucional de descentralizacion de funciones, se ha dispuesto el inicio de funciones de las Oficinas Regionales del INDECOPI de San MORDAZA, MORDAZA e Ica; Que, en ese sentido, resulta pertinente modificar la actual relacion de los funcionarios responsables de atender los pedidos de informacion que se formulan al MORDAZA de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, asi como la relacion de los fedatarios de la institucion, en el ambito de las Oficinas Regionales del INDECOPI; De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como funcionarios responsables de atender los pedidos de informacion que se formulen conforme a la Ley Nº 27806, Ley Nº 27297 y D.S. Nº 072-2003-PCM, y como fedatarios institucionales, en el ambito de las Oficinas Regionales del INDECOPI, a las siguientes personas:
Oficina Regional de Ancash: Oficina Regional de Arequipa: Oficina Regional de Cajamarca: Oficina Regional de Cusco: Oficina Regional de Ica: Oficina Regional de Junin: Oficina Regional de La Libertad: Oficina Regional de Lambayeque: Oficina Regional de Loreto: Oficina Regional de Piura: Oficina Regional de Puno: Oficina Regional de San Martin: Oficina Regional de Tacna: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez-Ballon Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Muniz Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Picoy Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Directorio 137548-1

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