NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352696 como empresa fi nanciera estará facultada a desarrollar, entrarán en vigencia a partir de la fecha en que esta Superintendencia expida la correspondiente autorización de funcionamiento. Artículo Tercero.- Para la autorización de funcionamiento de la “FINANCIERA CREDITOS AREQUIPA S.A.” en organización, se deberá realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a materializar la transformación de la EDPYME; así como comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el numeral X del procedimiento 1 concordante con el procedimiento 4 del TUPA de esta Superintendencia en lo que sea pertinente, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el testimonio de la escritura pública de transformación social y modi fi cación parcial de estatuto de la empresa con la constancia de inscripción en los registros públicos. b) Adjuntar la constancia de inscripción de las acciones representativas del capital social de la empresa en la Bolsa de Valores de Lima. c) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar de los Manuales de Organización y Funciones de las nuevas áreas incorporadas; así como las políticas y manuales de procedimientos de control interno y auditoría interna aplicables y de ser el caso, de las variaciones ocurridas a las existentes. d) Remitir la relación y currículum vitae de los nuevos funcionarios, así como nuevos directores, de ser el caso. e) Remitir copia certi fi cada de todos y cada uno de los poderes que se hubiera otorgado a cada uno de nuevos directores y funcionarios. f) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus o fi cinas; así como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar. g) Remitir las políticas y procedimientos generales respecto a nuevas operaciones y servicios que la empresa considera brindar. h) Comunicar la implementación del sistema de interconexión de agencias; del Plan de Seguridad de la Información. i) Cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Cuarto.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certi fi cado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario O fi cial, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Segurosy Administradoras Privadas deFondos de Pensiones 104409-1 Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Lambayeque y Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 1197-2007 Lima, 29 de agosto de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de dos (2) Agencias ubicadas en el distrito, provincia y departamento de Lambayeque; y en el distrito de Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín; y,CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las agencias solicitadas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante el Informe Nº 241-2007-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005 y modi fi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y Resolución SBS Nº 1162-2007 del 16.8.2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de dos Agencias ubicadas en (i) Avenida Ramón Castilla, Mz. C, Lote 9, distrito, provincia y departamento de Lambayeque; y (ii) Calle Real Nº 600, distrito de Chilca, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Bancay Micro fi nanzas (e) 103837-1 Exoneran de proceso de selección para la contratación de empresa que efectuará servicio de seguimiento al mercado cambiario RESOLUCIÓN SBS Nº 1200-2007 San Isidro, 3 de setiembre de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Técnico Nº 060-2007-DL emitido por el Departamento de Logística y el Informe Legal Nº 017-2007-SAAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 976-2006 de fecha 4 de agosto de 2006, se aprobó la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de la empresa DATOS TÉCNICOS S.A. - DATATEC, a fi n que preste el servicio de seguimiento al mercado cambiario, por el monto de US$ 19,278.00 (Diecinueve Mil Doscientos Setenta y Ocho y 00/100 Dólares Americanos), en mérito de lo cual se suscribió el contrato correspondiente de fecha 1 de setiembre de 2006, por el plazo comprendido del 1 de setiembre de 2006 al 31 de agosto de 2007; Que, mediante Memorándum Nº 369-2007-SAR, la Superintendencia Adjunta de Riesgos señala que es necesario que se continúe utilizando el servicio prestado por la empresa DATATEC S.A. para las labores de supervisión y control de la Superintendencia, toda vez que la información que proporciona se origina de diferentes fuentes, brindando información directa sobre operaciones fi nancieras en el mercado local tales como: operaciones con moneda extranjera, interbancarias, certi fi cados de depósito e instrumentos de renta fi ja, permitiendo realizar la supervisión de los portafolios de divisas, inversiones y derivados de las Entidades supervisadas, así como efectuar el análisis de dichos mercados de manera continua; Que, el Departamento de Logística en su Informe de vistos, señala que se requiere la contratación del servicio de seguimiento al mercado cambiario que brinda la empresa DATOS TÉCNICOS S.A. - DATATEC para