NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352695 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por la señorita Dalila Nancy Mantari Oré para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señorita Dalila Nancy Mantari Oré con matrícula Nº N-3901 en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3. Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 102578-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de oficina especial en la provincia de Calca RESOLUCIÓN SBS Nº 1166-2007 Lima, 22 de agosto del 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una O fi cina Especial ubicada en el distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada O fi cina Especial; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 236- 2007-DEM “B”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - la Circular Nº CM-0334-2005 y sus modi fi catorias, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y Resolución SBS Nº 1162-2007 del 16.8.2007;RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una O fi cina Especial ubicada en calle Espinar Nº 327, Plaza de Armas - Centro Comercial Kancha Qassana, Tiendas Nº 319 y Nº 321, distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas (e) 103119-1 Autorizan la organización de “Financiera Créditos Arequipa S.A.” en el trámite de transformación seguido por la Edpyme Créditos Arequipa S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1173-2007 Lima, 23 de agosto de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por la Edpyme Créditos Arequipa S.A. “Edpyme Crear Arequipa”, para que se le conceda la Autorización de Organización para su transformación en una Empresa Financiera, la que se denominaría FINANCIERA CREDITOS AREQUIPA S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, junto a la mencionada solicitud se ha alcanzado la correspondiente minuta de transformación y modi fi cación parcial del estatuto social de la empresa, así como el estudio de factibilidad económico- fi nanciero que lo sustenta y demás requisitos exigidos por la regulación vigente; Que, se ha cumplido con efectuar la publicación a que alude el numeral VII del procedimiento 1 concordante con el procedimiento 4 del TUPA de esta Superintendencia, habiendo vencido el plazo que dicha norma establece para la presentación de objeciones a la organización de la empresa Financiera Créditos Arequipa S.A. o a las personas involucradas en ella sin que se haya recibido observación alguna sobre el particular; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Riesgos, la Gerencia de Estudios Económicos y por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C”; así como a lo opinado por el Banco Central de Reserva del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la “Financiera Créditos Arequipa S.A.” en el trámite de transformación que para tal fi n viene siguiendo la Edpyme Créditos Arequipa S.A. “Edpyme Crear Arequipa”, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta de transformación y modi fi cación parcial de estatuto presentada para tal efecto por el organizador, la que se devuelve debidamente autenticado con sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que será insertada el texto de la presente resolución para su inscripción en los Registros Públicos. Artículo Segundo.- La transformación de la Edpyme Créditos Arequipa S.A. “Edpyme Crear Arequipa” a “Financiera Créditos Arequipa S.A.” y las operaciones que