Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

370101

VISTOS, los antecedentes del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pisco" ­ Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-IPD-ICA"; CONSIDERANDO: Que, se convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº ADS002-IPD-ICA del exordio, con el objeto de seleccionar al Postor que presente la propuesta mas conveniente para la ejecucion de la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pisco", ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, del departamento de Ica, obra que sera ejecutada con recursos del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por el Sismo del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, por un valor referencial de S/. 82,209.00 (ochenta y dos mil doscientos nueve y 00/100 nuevos soles), conforme a lo aprobado por el Acuerdo Nº 037-06-2008-D-FORSUR del Directorio del FORSUR, de fecha 11 de febrero de 2008; Que, el Decreto de Urgencia Nº 003-2008 establece que por el plazo de dos (2) anos las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura que se ejecute con cargo a los recursos del FORSUR, se sujetaran al procedimiento contemplado en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, el mencionado MORDAZA parrafo del articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, senala que los actos preparatorios y los contratos que se celebren deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, y modificatorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias; Que, el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que este este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones cada Entidad, que cuente ademas con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, la Oficina de Asesoria Juridica del IPD luego de evaluar los antecedentes que se han tenido a la vista, ha advertido que la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pisco", no estaba considerada en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Entidad, aprobado por Resolucion Nº 017-2008-P/IPD, de fecha 15 de enero de 2008, no cuenta con el Expediente de Contratacion aprobado, ni con el informe de disponibilidad de recursos; situacion que configura causal de nulidad prevista en el articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y que asimismo los mencionados procesos no han sido publicados en el SEACE, tal como lo dispone la normatividad especial generada para la reconstruccion danada por el sismo del 15 de agosto del 2007; contraviniendose de esta forma las normas legales MORDAZA mencionadas; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0262007, el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y estando a las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; Con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº ADS-002-IPDICA para la ejecucion de la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pisco", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (05) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente

183583-1 RESOLUCION Nº 136-2008-P/IPD
MORDAZA, 31 de marzo del 2008 VISTOS, los antecedentes del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo San MORDAZA de Ica" ­ Adjudicacion Directa Selectiva Nº 003IPD-ICA"; CONSIDERANDO: Que, se convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº ADS003-IPD-ICA del exordio, con el objeto de seleccionar al Postor que presente la propuesta mas conveniente para la ejecucion de la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo San MORDAZA de Ica", ubicada en el distrito de Ica, provincia de Ica, del departamento de Ica, obra que sera ejecutada con recursos del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por el Sismo del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, por un valor referencial de S/. 82,209.00 (ochenta y dos mil doscientos nueve y 00/100 nuevos soles), conforme a lo aprobado por el Acuerdo Nº 037-06-2008-D-FORSUR del Directorio del FORSUR, de fecha 11 de febrero de 2008; Que, el Decreto de Urgencia Nº 003-2008 establece que por el plazo de dos (2) anos las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura que se ejecute con cargo a los recursos del FORSUR, se sujetaran al procedimiento contemplado en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, el mencionado MORDAZA parrafo del articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007, senala que los actos preparatorios y los contratos que se celebren deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, y modificatorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias; Que, el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que este este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones cada Entidad, que cuente ademas con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, la Oficina de Asesoria Juridica del IPD luego de evaluar los antecedentes que se han tenido a la vista, ha advertido que la Obra denominada "Construccion de MORDAZA de Concreto Superplana en el Complejo Deportivo San MORDAZA de Ica", no estaba considerada en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Entidad, aprobado por Resolucion Nº 017-2008-P/IPD, de fecha 15 de enero de 2008, no cuenta con el Expediente de Contratacion aprobado, ni con el informe de disponibilidad de recursos; situacion que configura causal de nulidad prevista en el articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y que asimismo los mencionados procesos no han sido publicados en el SEACE, tal como lo dispone la normatividad especial generada para la reconstruccion danada por el sismo del 15 de agosto del 2007; contraviniendose de esta forma las normas legales MORDAZA mencionadas; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0262007, el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y estando a las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; Con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica;

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