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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (05/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de abril de 2008 370116 al funcionario responsables de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; mediante Resolución que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR a partir de la fecha al Sr. James Jesús Ramos Salas, Secretario de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate, como funcionario responsable de la entrega de información solicitadas en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Lic. Luisa Aurelia Pacheco de Salazar, Jefe de la Ofi cina de Informática, como funcionaria responsable del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Ate, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 3º.- DEJAR sin efecto las normas municipales que se opongan a la presente Resolución de Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, a los funcionarios designados y a todas las Unidades Orgánicas que conforman esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 183940-4 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican artículo y disposición transitoria de la Ordenanza Nº 035-MDLV ORDENANZA Nº 044-08/MDLV La Victoria, 26 de marzo de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:Vistos; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Final de la Asesoría Legal para la Implementación del Proyecto “Participación de la Inversión Privada en Módulos de Venta de Bienes y Servicios en la Alameda Pública del Emporio Comercial Gamarra”, el Informe Nº 058-2008-GDE/MDLV, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico, y el Informe Nº 240-08-GAJ/MDLV, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el Emporio Comercial Gamarra es uno de los centros de comercio más importantes de la ciudad de Lima, y que para mejorarlo se necesita promover la inversión privada para que preste servicios complementarios a los ya existentes; Que, el artículo 59º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordado con los artículos 2.3a) y 92º y siguientes del D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, dispone que la municipalidad puede dar en arrendamiento bienes de dominio público, siempre que no se afecte su naturaleza; Que, la Ordenanza Nº 35-MDLV, publicada el 3 de diciembre de 1999, dispone en su artículo primero que no podrán utilizarse los espacios públicos para la comercialización de productos, salvo aquellos expresamente autorizados, asimismo, en su artículo tercero dispone que uno de sus fi nes es preservar y mejorar los espacios públicos; Que, además, la citada Ordenanza dispone que se debe garantizar la inversión privada, que la autoridad competente es la Municipalidad de La Victoria, que las áreas de uso público están bajo la administración de la municipalidad, que los elementos urbanos que se instalen en áreas públicas requieren de convocatoria pública, que la municipalidad puede autorizar la instalación de módulos de servicio y afi nes en áreas de uso público, conforme a Decreto de Alcaldía, y que la municipalidad se encuentra encargada de regular y determinar los montos que deben pagar los conductores autorizados en las zonas de dominio público; Que, sobre la base de la citada normativa, la municipalidad podrá arrendar porciones del espacio de Gamarra que estén bajo su administración, pero se estima conveniente hacer precisiones a la Ordenanza Nº 035-MDLV; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Modifíquese el artículo 33º y la tercera disposición transitoria de la Ordenanza Nº 035-MDLV, quedando redactados de la siguiente manera: “Artículo 33º.- La Municipalidad podrá, según elija, autorizar el funcionamiento o suscribir contratos de arrendamiento, concesión o similares para la instalación de módulos de bienes, servicios, entretenimientos y alimentación en áreas de uso público, de conformidad con las ubicaciones y condiciones aprobadas mediante Decreto de Alcaldía”. “Disposición Transitoria Tercera.- La Municipalidad queda expresamente encargada de regular y determinar los montos que deban pagar los conductores que por contrato o autorización tengan módulos en las zonas de dominio público”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 183560-1 Rectifican error material contenido en la Ordenanza Nº 024-2007/MDLV ORDENANZA Nº 045-2008/MDLV La Victoria, 31 de marzo de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO: Vistos; en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 008-2008-CPPPAL-CPRDE/MEDLV de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, Rentas y de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica, administrativa, en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo la función normativa, la que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Perú; Que, con fecha 30 de diciembre se publicó en Separata Especial del Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Nº 024- 07/MDLV a través de la cual se aprueba los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fi scal 2008,