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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (06/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de abril de 2008 370192 De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867 y su modifi catoria Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:Artículo Primero.- DECLARAR, de interés prioritario, en la Región La Libertad, la producción y comercialización de la papa. Artículo Segundo.- INCREMENTAR, a través de políticas regionales, la inversión pública regional y promover la inversión privada y de la Cooperación Internacional para mejorar los sistemas de producción y comercialización de la papa; así como el nivel de organización empresarial de los productores para facilitar la exportación de las distintas variedades de papa que se producen en la Región La Libertad. Artículo Tercero.- CONFORMAR, mediante Resolución Ejecutiva Regional una Comisión Multisectorial Regional integrada por representantes del Gobierno Regional (Dirección Regional de Agricultura y DRE La Libertad), Universidades, ONGs, Productores y Comercializadores de papa; para difundir en la Región La Libertad, el Año Internacional de la Papa – AIP 2008. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional La Libertad, a los veintiocho días de diciembre del año dos mil siete. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 184108-3 Crean la Comisión Regional de Evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALLA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 12 de febrero del año 2008, la propuesta para crear la Comisión Regional de los Estudios de Impacto Ambiental conforme a Ley. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú de 1993 en su Artículo 58º prescribe que “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”. Que, en concordancia con el considerando anterior, “El Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales”, así como “está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas”, tal como están consignadas en los Artículos 67º y 68º respectivamente, de la Constitución Política del Perú de 1993. Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, establece que “toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país”. Que, para el inicio de toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter signifi cativo, se sujetarán a lo establecido en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, en concordancia con los artículos pertinentes de la Ley Nº 28245 y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 008-2005-PCM, así como con la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente. Que, para el proceso de evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental presentado por los administrados para la emisión de la certifi cación ambiental lo realizará un equipo especializado y califi cado de la unidad orgánica correspondiente. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- CREAR, la Comisión Regional de Evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental conforme a Ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional La Libertad la conformación de la Comisión y reglamentación de sus funciones a través de Decreto Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los doce días del mes de febrero del año dos mil ocho. CARLOS ANTONIO ALVAREZ CHÁVEZ Consejero DelegadoConsejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los doce días del mes de febrero del año dos mil ocho. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 184108-6 Establecen requisito para el ejercicio profesional en la Administración Pública de la región ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALLA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197º de la