Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

370348

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
TITULO IV

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

- g. Habilitacion de fondos para el cumplimiento de las conclusiones y recomendaciones del Informe Final de la Comision de la Verdad y la Reconciliacion. - h. Cubrir los honorarios profesionales y gastos correspondientes a las personas naturales o juridicas que presten servicios profesionales relativos a las labores del Estado Peruano en la lucha contra la corrupcion. - j. Atender las necesidades vinculadas con el bienestar de la Policia Nacional del Peru y de las Fuerzas Armadas. - k. Apoyar la rehabilitacion e insercion de miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru discapacitados como consecuencia de la lucha antisubversiva y por otras labores militares y policiales. Asimismo, apoyar la rehabilitacion e insercion de victimas civiles discapacitadas como consecuencia de actos subversivos. - l. Iniciar la devolucion de la deuda contraida por el Estado Peruano con los miembros de la institucion policial. - m. Atender los gastos que irrogue la aplicacion de las disposiciones de la Ley Nº 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes N°s. 27452 y 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a Procesos de Promocion de la Inversion Privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales. - o. Habilitacion de fondos a las universidades publicas para materiales y equipos de investigacion y ensenanza. - p. Mantenimiento, vigilancia y seguridad de los inmuebles administrados por la Comision de Administracion de Bienes Incautados y Decomisados (COMABID) a cargo del Ministerio de Justicia. Articulo 13º.- Los importes para cumplir con los acuerdos de la Administracion del FEDADOI, seran transferidos de las cuentas del Fondo a la cuenta bancaria de la Direccion Nacional del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a efectos de su canalizacion al Ministerio de Justicia, que procedera a la ejecucion del gasto publico de acuerdo a la normatividad presupuestaria y de tesoreria que se encuentre vigente y que resulten aplicables, segun el siguiente procedimiento: 13.1. Pagos Directos.- El Ministerio de Justicia sera el encargado de realizar directamente los pagos, para atender los gastos a que se refiere el literal n) del articulo 8º de la Ley. Asimismo, efectuara el pago directamente en los supuestos previstos en el articulo 8º inciso a de la Ley. 13.2.Transferencias a Entidades del Sector Publico.- Las transferencias que deban efectuarse a las entidades del sector publico senaladas en el articulo 8º de la Ley, se efectuaran bajo los procedimientos establecidos en el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, sus ampliatorias y modificatorias. 13.3. Las transferencias de recursos que el FEDADOI destine para el cumplimiento de las conclusiones y recomendaciones del Informe Final de la Comision de la Verdad y Reconciliacion, a que se refiere el literal g) del articulo 8º de la Ley, se MORDAZA sobre la base del procedimiento que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 14º.- La responsabilidad del FEDADOI y de sus miembros con relacion a los diferentes desembolsos, culmina con la comunicacion del acuerdo de asignacion de fondos al Pliego Presupuestario - Ministerio de Justicia. Las entidades receptoras se responsabilizan por el adecuado uso del dinero recibido y asumen la obligacion de dar cuenta de dicha utilizacion a la Contraloria General de la Republica, salvo en los casos de las personas naturales. Copias de los informes que dan cuenta de la aplicacion del dinero por parte de los beneficiarios, seran entregados al FEDADOI para fines de archivo y orden contable.

DE LA SECRETARIA TECNICA

Articulo 15º.- El FEDADOI contara con una Secretaria Tecnica, la cual estara integrada de manera permanente por un Secretario Tecnico y por un Contador Publico Colegiado, quienes son designados por Resolucion Ministerial del Titular del Ministerio de Justicia. La Administracion del FEDADOI de conformidad con lo dispuesto en el inciso n) del articulo 8º de la Ley, proveera de ser necesario los fondos para la contratacion del Contador Publico Colegiado y el Secretario Tecnico. Adicionalmente y para la atencion de asuntos de caracter eventual, los miembros del FEDADOI podran acordar la contratacion de profesionales, asesores o consultores, siempre que la labor de estos resulte indispensable y contribuya a para garantizar la eficiencia del FEDADOI. Articulo 16º.- FUNCIONES DEL SECRETARIO TECNICO Son funciones del Secretario Tecnico: a. Apoyar y asesorar a la Administracion del FEDADOI en forma permanente en el desarrollo de sus actividades. b. Abrir, mantener al dia y conservar los Libros de Actas. c. Desempenarse como Secretario en las sesiones convocadas por el FEDADOI. d. Llevar el archivo documentario del FEDADOI. e. Remitir las citaciones para las sesiones y archivarlas. f. Supervisar las actividades del Contador Publico Colegiado del FEDADOI. g. Otras directivas que le asigne la Presidencia y/o la Administracion del FEDADOI. Articulo 17º.- FUNCIONES DEL CONTADOR PUBLICO COLEGIADO Son funciones del Contador Publico Colegiado: a. Mantener los libros de contabilidad y registros del FEDADOI b. Realizar las conciliaciones bancarias de las cuentas del FEDADOI. c. Realizar informes periodicos respecto al movimiento financiero del FEDADOI. d. Elaborar los Estados Financieros con periodicidad anual. e. Coordinar con las oficinas de Presupuesto, Administracion y Contabilidad del Ministerio al que se encuentre adscrito el FEDADOI, el tramite de las transferencias financieras acordadas por la Administracion. f. Otras que le asigne el Presidente y/o el Secretario Tecnico del FEDADOI. 186552-4

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan Director de la Direccion de Promocion de Cultura de Paz de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-2008-MIMDES MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Direccion de Promocion de Cultura de Paz de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del MIMDES;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.