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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370359 Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de empresas RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 146-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 12 de marzo del 2008Visto el escrito de registro Nº 00073531 de fechas 25 de octubre de 2007 y 03 de enero de 2008, presentados por PESQUERA PELAYO S.A.C. CONSIDERANDO:Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante Resolución Ministerial Nº 612-95- PE, de fecha 31 de octubre de 1995, se otorga permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a la empresa PESQUERA FAGPEZA S.R.Ltda, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “DOÑA ADDY” con matrícula CO-5579-PM, con 350 TM. de capacidad de bodega, la cual se dedicará a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas marinas de la costa, utilizando redes de cerco de longitud mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a través de la Resolución Directoral Nº 263-2007- PRODUCE/DGEPP, de fecha 21 de mayo de 2007, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA FAGPEZA S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “DOÑA ADDY” con matrícula CO-5579-PM, de 394.08 m3 de capacidad de bodega en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante escrito del visto, PESQUERA PELAYO SAC, y PESQUERA FAGPEZA SAC, por acuerdo de Junta General elevada a Escritura Pública, aprueban la fusión por absorción de las dos empresas, donde la primera en calidad de absorbente adquiere los activos y pasivos de la segunda en calidad de absorbida; en esas condiciones, Pesquera Pelayo S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 263-2007-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “DOÑA ADDY” con matrícula CO-5579-PM, acreditando la propiedad con el Certifi cado Compendioso de Dominio Nº 1142879; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el escrito, se ha determinado que PESQUERA PELAYO S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 037-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 263-2007-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “DOÑA ADDY” con matrícula CO-5579-PM, a favor de PESQUERA PELAYO SAC., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º .- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA FAGPEZA S.R.Ltda., mediante Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 263-2007-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “DOÑA ADDY”, con matrícula CO-5579-PM. Artículo 3º .- Incorporar a PESQUERA PELAYO SAC, como titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, modifi cado por Resolución Directoral Nº 263-2007-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera “DOÑA ADDY”, con matrícula CO-5579-PM; así como la presente resolución al Anexo I, Literal A de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo a PESQUERA FAGPEZA S.R.Ltda. Artículo 4º .- El permiso de pesca a que se refi ere la presente resolución será ejercida conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, serán destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifi quen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíqueseJORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 185494-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 148-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 13 de marzo de 208Visto el escrito con registro Nº 00084297 del 6 de diciembre de 2007 y los adjuntos 01 y 02 de fechas 13 de diciembre de 2007 y 16 de enero de 2008, presentado por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A.; CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde; por lo que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 29 de mayo del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza, en cuyo numeral 5.4 del artículo 5º se establece que para dedicarse a la extracción del citado recurso, debe utilizarse red de arrastre con tamaño mínimo de malla de 110 mm. en el copo; Que mediante Resolución Directoral Nº 150-99- PE/DNE del 6 de julio de 1999, se otorgó permiso de pesca a CORPORACION DE PESCA S.A., para operar las embarcaciones pesqueras PIQUERO de matrícula Descargado desde www.elperuano.com.pe