Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

Autorizan viaje de profesional del Ministerio para participar en evento de la Comision Interamericana de Telecomunicaciones que se realizara en EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA N° 042-2008-MTC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Circular SGA/OC/CITEL/CI.9/08 del 14.02.08, la Secretaria Ejecutiva de la Comision Interamericana de Telecomunicaciones - CITEL informa que la XI Reunion del Comite Consultivo Permanente II: Radiocomunicaciones incluyendo Radiodifusion (CPP.II), de la Comision Interamericana de Telecomunicaciones CITEL, se desarrollara en la MORDAZA de MORDAZA DC, Estados Unidos de MORDAZA del 22 al 25 de MORDAZA de 2008; Que, la Comision Interamericana deTelecomunicaciones (CITEL), es el principal foro en telecomunicaciones de la Region donde los gobiernos de treinta y cinco (35) paises y mas de doscientos (200) miembros del sector privado, se reunen para coordinar los esfuerzos regionales para desarrollar la Sociedad Global de la Informacion; Que, en el mencionado evento se abordaran temas de trascendencia para el sector, como: la regulacion de las comunicaciones de banda ancha por linea de potencia (BPL), la regulacion de sistemas satelitales, la implementacion de Television Digital, entre otros; Que, el Peru ejerce la presidencia del grupo de trabajo relativo a los sistemas satelitales para la prestacion de servicios fijo y moviles, y asimismo es miembro del Comite Directivo Permanente del la CITEL (COM/CITEL), en tal sentido, le corresponde participar activamente en las reuniones de los comites consultivos permanentes de la CITEL; Que, se ha visto por conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sartor, Profesional de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representacion del Estado Peruano; Que los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica de aeropuerto, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion emitio la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 01347, de fecha 19.03.08, para el viaje correspondiente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sartor; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 29142; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sartor, Profesional de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la MORDAZA de MORDAZA DC, Estados Unidos de MORDAZA del 21 al 25 de MORDAZA de 2008 para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 163.74 Viaticos US$ 1 100.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Articulo 3°.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el referido profesional debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional debera presentar ante su institucion un informe, detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 186552-17

Autorizan a CORDAEZ E.I.R.L. para operar taller de conversion a gas natural vehicular en el distrito de Pueblo Libre, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3567-2008-MTC/15 MORDAZA, 19 de marzo de 2008 VISTOS: Los Expedientes con Partes Diarios Nºs. 2008-016350 y 2008-026294 presentados por CORDAEZ E.I.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion para operar como Taller de Conversion a GNV, a fin de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 0142004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC , 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que esta se realice con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por Resolucion Directoral Nº 71502006-MTC/15, la cual regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV, se establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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