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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (10/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de abril de 2008 370366 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0195/RE Lima, 11 de febrero de 2008Visto, los expedientes Nº 8434-2006, Nº 11372- 2006, Nº 12374-2006, Nº 15314-2006, Nº 4433-2007, Nº 6504-2007, Nº 7937-2007, Nº 10375-2007 y Nº 12780-2007, presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, con sede en Madrid, España. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 5 de julio de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España, se observa que la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 560 bultos, conteniendo 04 palees con revestimiento cerámico, 04 palees de puertas de madera, 02 palees de sábanas y toallas nuevas, 64 sillas de madera, 01 silla de ofi cina, 06 pizarras, 40 sillas con soporte para carpetas, 01 palee de libros, 01 palee con zapatos nuevos, 05 cajas de ropa totalmente nueva, 08 palees con revestimiento cerámico, 05 palees con ropa nueva, 02 palees con zapatos nuevos, 02 palees con sábanas y toallas nuevas, 01 palee con libros, 05 palees de puertas, 02 trozos de ángulos de hierro, 03 motos (02 italianas marca Piaggio y 01 moto Honda), 04 palees de ropa nueva, 79 cajas de calzado nuevo, 02 palees de libros, 01 palee de utensilios de cocina, 04 palees de puertas, 03 palees de rollos de tela, 13 sillas, 05 palees de puertas, 01 palee de tableros de color gris, 04 trozos de ángulos de hierro, 07 muebles de cocina, 57 cajas de calzado nuevo, 01 palee de libros, 03 palees de ropa nueva, 07 pizarras grandes, 100 mochilas, 04 pupitres, 03 sillas, 01 maleta de cortinas nuevas, 03 lámparas, 04 cuadros, 06 palees de ropa nueva, 81 cajas de calzado nuevo, 02 palees de libros, 05 palees de puertas, 01 palee de rollos de tela, y 03 palees de gres; con un valor FOB de US $ 24,148.00 (Veinticuatro mil ciento cuarenta y ocho y 00/100 Dólares Americanos), de acuerdo a solicitud de fecha 29-Nov-06 y carta aclaratoria de fecha 29-Mar-07, con un peso manifestado de 76,430 Kgs. brutos, según conocimiento de embarque Nº PP000700, de fecha 01-Jul-06 y un peso recibido de 60,418 Kgs. brutos, de acuerdo a la Declaración Única de Aduanas Nº 118-2006-10-132825-01-4-00 de fecha 04-Ago-06. Los bienes servirán para la construcción e implementación de centros, casas de retiro; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, consistente en 560 bultos, conteniendo 04 palees con revestimiento cerámico, 04 palees de puertas de madera, 02 palees de sábanas y toallas nuevas, 64 sillas de madera, 01 silla de ofi cina, 06 pizarras, 40 sillas con soporte para carpetas, 01 palee de libros, 01 palee con zapatos nuevos, 05 cajas de ropa totalmente nueva, 08 palees con revestimiento cerámico, 05 palees con ropa nueva, 02 palees con zapatos nuevos, 02 palees con sábanas y toallas nuevas, 01 palee con libros, 05 palees de puertas, 02 trozos de ángulos de hierro, 03 motos (02 italianas marca Piaggio y 01 moto Honda), 04 palees de ropa nueva, 79 cajas de calzado nuevo, 02 palees de libros, 01 palee de utensilios de cocina, 04 palees de puertas, 03 palees de rollos de tela, 13 sillas, 05 palees de puertas, 01 palee de tableros de color gris, 04 trozos de ángulos de hierro, 07 muebles de cocina, 57 cajas de calzado nuevo, 01 palee de libros, 03 palees de ropa nueva, 07 pizarras grandes, 100 mochilas, 04 pupitres, 03 sillas, 01 maleta de cortinas nuevas, 03 lámparas, 04 cuadros, 06 palees de ropa nueva, 81 cajas de calzado nuevo, 02 palees de libros, 05 palees de puertas, 01 palee de rollos de tela, y 03 palees de gres; con un valor FOB de US $ 24,148.00 (Veinticuatro mil ciento cuarenta y ocho y 00/100 Dólares Americanos), de acuerdo a solicitud de fecha 29-Nov-06 y carta aclaratoria de fecha 29-Mar-07, con un peso manifestado de 76,430 Kgs. brutos, según conocimiento de embarque Nº PP000700, de fecha 01-Jul-06 y un peso recibido de 60,418 Kgs. brutos, de acuerdo a la Declaración Única de Aduanas Nº 118-2006-10-132825-01-4-00 de fecha 04-Ago-06. Los bienes servirán para la construcción e implementación de centros, casas de retiro. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164634-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0196/RE Lima, 11 de febrero de 2008Visto, el expediente Nº 7454-2007, presentado por la FUNDACION CUNA NAZARETH, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Emmaüs International, con sede en Alfortville, Francia. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el Descargado desde www.elperuano.com.pe