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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de agosto de 2008 377428 Quinto Juzgados Especializados Penal Liquidadores con competencia en la menciona provincia. Por mayoría, con el voto en discordia de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz: PROVINCIA DE AREQUIPA: La Tercera y Cuarta Sala Penal, en Primera y Segunda Sala Penal Liquidadora, con competencia territorial en las Provincias de Arequipa, Caylloma e Islay. Artículo Segundo.- Crear en el mencionado Distrito Judicial los siguientes órganos jurisdiccionales: Por unanimidad: - A partir del 5 de agosto de 2008:PROVINCIA DE AREQUIPA: El Primer, Segundo y Tercer Juzgado Especializado Penal, con carácter transitorio en la sede de la Corte Superior, con competencia en la mencionada provincia. - A partir del 16 de setiembre de 2008:PROVINCIA DE AREQUIPA: La Primera y Segunda Sala Especializada Penal Liquidadora, con carácter transitorio, en la sede de la Corte Superior, para atender los procesos conforme al Código de Procedimientos Penales, con competencia en las Provincias de Arequipa, Caylloma e Islay. PROVINCIA DE CAYLLOMA: Un Juzgado Penal Liquidador con sede en Chivay, con carácter transitorio, y competencia territorial en la mencionada provincia. Por mayoría con el voto en discordia del señor Consejero Javier Román Santisteban: PROVINCIA DE CAMANÁ: Un Juzgado Penal Liquidador con sede en Camaná, con carácter transitorio, y competencia territorial en la mencionada provincia. - A partir del 1 de octubre de 2008:Por unanimidad:PROVINCIA DE ISLAY: Un Juzgado de la Investigación Preparatoria para la Provincia de Islay, con sede en Mollendo. Por mayoría, con el voto en discordia de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz: PROVINCIA DE CAYLLOMA: Un Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Chivay, el cual en adición de sus funciones conocerá procesos como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con la misma jurisdicción del actual Juzgado Mixto de la Provincia de Caylloma. Artículo Tercero.- Asignar en adición de sus funciones, a partir del 1 de octubre del año en curso, a los siguientes órganos jurisdiccionales: Por unanimidad: PROVINCIA DE CAYLLOMA: Al Juzgado Mixto de Caylloma, con sede en Chivay, como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en esa provincia, excepto la que corresponde al Juzgado Mixto del Distrito de Majes. Al Juzgado Mixto con sede en el Distrito de Majes, como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en el indicado distrito. PROVINCIA DE CARAVELÍ: Al Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Caravelí, como Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador para los procesos del Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la mencionada provincia. PROVINCIA DE CASTILLA: Al Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Aplao, Provincia de Castilla, como Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la referida provincia. PROVINCIA DE CONDESUYOS: Al Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de los procesos tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la referida provincia. PROVINCIA DE LA UNIÓN: Al Juzgado Mixto, con sede en Cotahuasi, como Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador conforme a los procesos tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la menciona provincia. Por mayoría, con el voto en discordia de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz: PROVINCIA DE CAYLLOMA: Al Juzgado de Paz Letrado con sede en el Distrito de Majes, como Juzgado de la Investigación Preparatoria con competencia del referido órgano jurisdiccional. PROVINCIA DE CARAVELÍ: Al Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Caravelí y el Juzgado de Paz Letrado de Acarí, como Juzgados de la Investigación Preparatoria, respectivamente, en sus correspondientes competencias territoriales. PROVINCIA DE CASTILLA: Al Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Aplao, como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la referida provincia. PROVINCIA DE CONDESUYOS: Al Juzgado de Paz Letrado de Chuquibamba, como Juzgado de la Investigación Preparatoria. PROVINCIA DE LA UNIÓN: Al Juzgado de Paz Letrado de Cotahuasi, como Juzgado de Investigación Preparatoria. Por mayoría, con el voto en discordia del señor Consejero Javier Román Santisteban: Artículo Cuarto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de octubre de 2008, la Quinta Sala Penal de Arequipa, en el Primer, Segundo y Tercer Juzgado Penal Unipersonal, con sede en Camaná, competencia territorial de la misma provincia; los que a su vez, cuando el sistema lo requiera conformarán el Juzgado Penal Colegiado, con competencia territorial en las Provincias de Camaná, Castilla, Condesuyos y La Unión, y será itinerante a la Provincia de Castilla - Aplao, para atender a esta Provincia y Condesuyos y La Unión. Descargado desde www.elperuano.com.pe