TEXTO PAGINA: 52
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de agosto de 2008 378850 complementarias que se requieran para cumplir los objetivos de la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 244269-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Exoneran del pago de arbitrios municipales a vecinos de calle Berlín y calle 7 de Junio del distrito ORDENANZA Nº 292-MM Mirafl ores, 25 de agosto de 2008 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO:El Concejo Municipal de Mira fl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el artículo 74º de dicha norma confi ere a los Gobiernos Locales potestad tributaria para crear, modi fi car, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; lo cual guarda concordancia con lo señalado en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, de fi ne a los arbitrios como tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, con fecha 24/9/2007 se suscribió el Convenio Internacional Marco de Cooperación Técnico Financiera y de Administración de Recursos entre la Municipalidad de Mirafl ores y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, con la fi nalidad de implementar diversos proyectos, entre ellos el de Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura vial de la calle Berlín y calle 7 de Junio, ubicadas en este distrito, obras que tuvieron inicio el 27/4/2008 y que debían desarrollarse en un plazo de noventa (90) días; Que, en dicha obra se tuvieron que realizar trabajos extraordinarios, cambiando y mejorando las conexiones domiciliarias de agua, razón por la cual, ante la solicitud del contratista, se tuvo que ampliar el plazo de la obra; Que, debido a los trabajos realizados en las cuadras 1 a 5 y 9 a 14 de la calle Berlín y la cuadra 1 de la calle 7 de Junio y a la falta de acceso a dichas vías, la prestación de los servicios, de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, en la zona no se ha podido brindar de forma regular; Que, en tal sentido, resulta necesario exonerar del pago de los arbitrios municipales del 2º y 3º trimestre del presente año, a los vecinos propietarios, inquilinos u ocupantes de predios y/o conductores de negocios en dichas calles, que tengan la calidad de contribuyentes y/o responsables al pago de dichos tributos de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 271-MM, modi fi cada por la Ordenanza Nº 274-MM; Que, en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por mayoría, la siguiente:ORDENANZA QUE ESTABLECE EXONERACIÓN AL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES A VECINOS DE CALLE BERLÍN Y CALLE 7 DE JUNIO DE LA JURISDICCIÓN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Objeto y ámbito de Aplicación.Exonerar del pago de los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, del 2º y 3º trimestre del año 2008, a los vecinos propietarios de predios que tengan la calidad de contribuyentes y a los inquilinos u ocupantes responsables al pago de dichos tributos de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 271-MM, modi fi cada por la Ordenanza Nº 274-MM, respecto de los predios ubicados en las cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la calle Berlín y la cuadra 1 de la calle 7 de junio, ubicadas en este distrito. Artículo Segundo.- Compensación y/o devolución de pagos. Los montos pagados correspondientes a los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, del 2º y 3º trimestre del año 2008, efectuados por los vecinos comprendidos en el artículo anterior, serán reconocidos como crédito a favor de éstos, el cual podrá ser compensado y/o devuelto, de acuerdo a los lineamientos que establezca la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria. Artículo Tercero.- Difusión.La relación de contribuyentes bene fi ciados por la presente Ordenanza será publicada en la página web de la municipalidad: www.mira fl ores.gob.pe, en la cual se especi fi cará el mecanismo establecido para la compensación y/o devolución de los pagos realizados. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Sistemas. Tercera.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 244635-1 Aprueban asignación de competencias para ejercer funciones vinculadas a la etapa de ejecución de contratos de participación de la inversión privada en el distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 293-MM Mirafl ores, 25 de agosto de 2008 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro del mismo contexto, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,