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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (29/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de agosto de 2008 378838 Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano comunicó que mediante Resolución Ministerial Nº 2900-77-ED de fecha 10 de octubre de 1997, se declaró Monumento, entre otros, al inmueble ubicado en la Plaza Bolognesi Nºs 532-540 esquina Av. Alfonso Ugarte Nºs. 1490-1458, distrito, provincia y departamento de Lima; sin embargo señala que el inmueble físicamente presenta la dirección municipal: Plaza Bolognesi Nºs 532-536-538-540 esquina Av. Alfonso Ugarte Nºs. 1490-1494-1498, y que a su vez la Municipalidad de Breña ha emitido los Certi fi cados de Numeración Nº 001898, 001899 y 001900 el 04 de marzo de 2008, correspondientes a las direcciones municipales Av. Alfonso Ugarte Nº 1498 Plaza Bolognesi Nº 536 y Plaza Bolognesi Nº 538, respectivamente, dando constancia de la numeración municipal completa; Que, el artículo 13º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, señala que el Instituto Nacional de Cultura tiene por fi nalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el campo de la cultura, normar, supervisar y evaluar la política cultural del país y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, de conformidad con lo previsto en los artículos III y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el Instituto Nacional de Cultura es el organismo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los inmuebles de importancia histórica y artística; Que, el numeral 1 del artículo 65º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que “el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley”. Asimismo, el principio de legalidad consagrado en el artículo IV del Título Preliminar de la citada ley, establece que “las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; Que, interpretando la ratio legis de las normas mencionadas en los considerandos precedentes, se concluye que corresponde al Instituto Nacional de Cultura modi fi car la declaración del bien cultural realizado mediante la Resolución Ministerial Nº 2900-77-ED, precisándose lo solicitado por la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, en cuanto a la numeración del inmueble; Con las visaciones del Director de Gestión, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y del Director de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Artículo Único.- PRECISAR la Resolución Ministerial Nº 2900-77-ED de fecha 10 de octubre de 1977, en lo que corresponde a la dirección del inmueble: “Plaza Bolognesi Nº 532-540 esq. Av. Alfonso Ugarte Nº 1490-1458, distrito, provincia y departamento de Lima”, debiendo decir: “Plaza Bolognesi Nºs. 532-536-538-540 esquina Av. Alfonso Ugarte Nºs. 1490-1494-1498, distrito, provincia y departamento de Lima”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 244003-1Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a diversas personas naturales y al Centro Qosqo de Arte Nativo RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1090/INC Lima, 15 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera, y es el ente rector responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación, de conformidad con el artículo 2º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; Que, es objetivo de esta Institución promover y difundir la creación activa de la cultura de nuestro tiempo, sin discriminar su procedencia o credo, alentando el reconocimiento público del esfuerzo privado o colectivo que se desarrolló en los diversos campos de la actividad cultural, de conformidad con el inciso f) del artículo 5º del precitado reglamento; Que, el inciso h del artículo 6º del texto normativo aludido dispone que es función del Instituto Nacional de Cultura promover, mediante diversos medios, el reconocimiento de los esfuerzos que realicen, colectiva o individualmente, los cultores de los quehaceres que conduzcan al desarrollo cultural del país; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC del 10 de noviembre de 2004, se aprueba la Directiva Nº 002-2004-INC sobre Reconocimiento y Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural, que señala en su artículo 12º que “el INC reconoce a personas naturales o jurídicas que hayan contribuido y contribuyan a la creación, conservación, transmisión y salvaguarda del patrimonio cultural vigente (…)”, destacándolas, entre otras, con la distinción “Personalidad Meritoria de la Cultura”; Que, mediante Informe Nº 090-2008-DRECPC/INC del 08 de agosto de 2008, la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo propone otorgar, con motivo del día Mundial del Folklore, la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana a ocho destacados representantes del folklore nacional; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20º de la antes citada Directiva Nº 002-2004-INC, corresponde a la Dirección Nacional emitir la Resolución Directoral que resuelve el procedimiento; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC del 10 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a las siguientes personas: - Milly América Ahón Olguín, bailarina de marinera, por su permanente labor de promoción y difusión de la danza tradicional. - Adela Ahón Olguín, bailarina de marinera, por su permanente labor de promoción y difusión de la danza tradicional. - Carlos Humberto Hayre Ramírez, por su calidad como ejecutante de guitarra y su destacada trayectoria como compositor, arreglista y director de música. - Pablo Amaringo Shuna, estudioso de las culturas amazónicas, maestro de ayahuasca y artista plástico.