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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 104

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384714 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JACINTO Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 005-2008/M.D.S.J/ALC San Jacinto, 11 de noviembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JACINTO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Jacinto en la Sesión Extraordinaria de fecha; VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 07 de noviembre del 2008, el Informe Nº 096-2008- MDSJ/GM, de fecha 03-11-08, emitido por la Gerencia Municipal de esta Comuna. CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 096-2008- MDSJ/GM, de fecha 03-11-08, emitido por la Gerencia Municipal. Señala que en atención a la adecuación de la normatividad vigente, Decreto Supremo N° 0079-2007-PCM, y la adecuación a la Ley N° 29060 Ley del Silencio Administrativo Positivo, la entidad se encuentra en la obligación de adecuarse a los cambios normativos adecuando los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos por los servicios que se presta en exclusividad la Municipalidad Distrital de San Jacinto, y estos se encuentren arreglado a Ley. Que, el numeral 36.1 del Artículo 36º de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. Que el numeral 36.3 del Artículo 36º. De la Ley de Procedimiento Administrativo General- Ley Nº 27444, señala las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente. Que el Artículo 44 de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, establece que cuando para la entidad implique la prestación de un servicio específi co o individualizado a favor del administrado, procede establecer derechos de los procedimientos administrativos en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado, que incluye los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento Que, la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes cuando se considere que las modifi caciones producidas en el mismo lo amerite, o cuando existe alguna normatividad que así lo exija; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007- PCM, Se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, así como las disposiciones para el cumplimiento de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo. Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JACINTO Artículo Primero.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA, de la Municipalidad Distrital de San Jacinto, que en Anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los procedimientos y derechos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Municipalidad Distrital de San Jacinto. Artículo Tercero.- APROBAR, los formatos para la tramitación de los procedimientos y servicios contenidos en el TUPA que como Anexo II, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. Artículo Quinto.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaria General su cumplimiento, publicación y difusión oportuna y masiva de la presente Ordenanza, Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CORNEJO FEIJOO Alcalde 286660-1 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Segunda versión del Proyecto de Resolución que aprueba el Procedimiento “Compensación por Generación Adicional” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 669-2008-OS/CD Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el diario ofi cial El Peruano, por un plazo no menor de 15 días calendario, a fi n de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias a la misma, sin que ello tenga carácter vinculante ni de lugar a procedimiento administrativo; Que, conforme a lo señalado en el párrafo precedente, mediante Resolución OSINERGMIN N° 621-2008-OS/CD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de Descargado desde www.elperuano.com.pe