Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2008 (06/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA DIVERSOS PROCEDIMIENTOS DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo 1°.- Aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, el cual quedara redactado conforme se detalla en el Anexo adjunto, referido al Integro de los Procedimientos Administrativos de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y la Sub Gerencia de Obras Privadas. Articulo 2°.- Incorporar las modificaciones detalladas en el anexo adjunto al Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza N° 146. Articulo 3°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de los numerales 38.1 y 38.2 del articulo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444. Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a las Sub Gerencias de Habilitacion MORDAZA y Obras Privadas el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

287192-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Crean el Sistema Local de Gestion Ambiental del distrito
ORDENANZA Nº 000091-2008-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 18 de noviembre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores. En sesion de la fecha; Visto, el Memorandum Nº 2688-2008-GM-MDSJM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 496-2008-SGMGSC/MDSJM de la Sub Gerencia de Medio Ambiente y el Informe Nº 1390-2008-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia segun lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el inciso 22 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el articulo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Decreto Supremo Nº 0082005-PCM, establece que las municipalidades, en el MORDAZA de la autonomia reconocida por ley y sin perjuicio a las responsabilidades que corresponde al MORDAZA, promoveran, mediante el Concejo Municipal la identificacion o creacion de instancias de coordinacion y concertacion ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestion Ambiental;

Que el articulo 6º de la Ley de Bases de Descentralizacion aprobada por Ley Nº 27783 senala que se cumpliran los siguientes objetivos ambientales: Ordenamiento territorial y del entorno ambiental; Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental y coordinacion y concertacion interinstitucional y participacion ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestion del Ambiente; Que el articulo 2º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobada por Ley Nº 28245 decreta que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones publicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; Que el articulo 24º de la referida Ley MORDAZA establece que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Politicas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el MORDAZA de los principios de la Gestion Ambiental; Que el numeral 7º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional; Que, siendo la conservacion y proteccion del ambiente una funcion de competencia municipal, es necesario aprobar el MORDAZA general que ha de regular la gestion ambiental de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, desde una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible y la mejora progresiva de la calidad ambiental distrital, basada en la practica de la concertacion y participacion ciudadana y dirigida a garantizar la articulacion entre las politicas ambientales de los diversos organismos del Estado vinculados a la gestion municipal; Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO de los miembros del Concejo se aprobo la: ORDENANZA MORDAZA QUE CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES TITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º. Objetivo Craase el Sistema Local de Gestion Ambiental de San MORDAZA de Miraflores, el cual tiene como objetivo establecer los mecanismos necesarios que permitan definir las normas, lineamientos y disposiciones para articular e integrar las decisiones, organizaciones y acciones conducentes al fortalecimiento de una gestion ambiental integrada orientada hacia el desarrollo sostenible y fortalecimiento de organizaciones locales, con el fin de mejorar la calidad de MORDAZA de los pobladores del distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2º. Ambito La presente ordenanza establece disposiciones de obligatorio cumplimiento por toda persona natural y juridica, de derecho publico y privado, residente, visitante o en MORDAZA por la localidad. Articulo 3º. Del desarrollo sostenible local El desarrollo sostenible de San MORDAZA de Miraflores se sustenta en su patrimonio humano, natural y cultural reflejado en el manejo responsable y sostenible de sus recursos naturales. Asi como en el crecimiento y desarrollo de las actividades socioeconomicas realizadas en MORDAZA con la proteccion y mejoramiento de la calidad ambiental de la MORDAZA y ecosistemas particulares a MORDAZA vinculados, teniendo en cuenta su futura utilizacion por parte de las proximas generaciones. Articulo 4º. De los Principios de la politica ambiental municipal La gestion ambiental en el distrito de San MORDAZA de Miraflores se rige por los siguientes principios, de obligatoria observancia en la adopcion de decisiones generales: 1. MORDAZA de Participacion en la Gestion Ambiental: Armonizar las normas, procedimientos, herramientas e informacion de manera tal que sea posible

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