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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384692 Aprueban Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Luz del Sur S.A.A. y Edecañete S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 670-2008-OS/CD Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 653-2008- OS/CD, publicada con fecha 15 de noviembre de 2008, se aprobaron las Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Luz del Sur S.A.A. y Edecañete S.A. (en adelante “LICITANTES”); Que, con fecha 17 de noviembre de 2008, las LICITANTES publicaron la Segunda convocatoria a Licitación Pública a fi n de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energía asociada destinadas al mercado regulado, según la demanda máxima que se publica en dicha convocatoria; Que, de acuerdo con el Calendario del Proceso publicado en la convocatoria, se pusieron en venta las referidas Bases, siendo el plazo máximo para la remisión de consultas sobre las mismas el 24 de noviembre de 2008; Que, con fecha 27 de noviembre de 2008, se recibió la carta N° LE-205/2008 con la propuesta de Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz del Sur S.A.A. y Edecañete S.A., la cual fue complementada con la información alcanzada mediante las cartas N° LE-204/2008 y N° LE-208/2008; Que, al respecto, Luz del Sur S.A.A. señala que, dentro del plazo establecido en el calendario del proceso, se recibieron consultas de los postores Kallpa Generación S.A. y Edegel S.A.A., las cuales fueron respondidas mediante las Circulares N° 1 y N° 2, respectivamente. Añade que las consultas han originado realizar algunas precisiones a las Bases a aprobadas mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 653-2008-OS/CD. En este sentido, propone la aprobación de estas Bases modifi cadas como Bases Integradas; así como adjunta el software a ser utilizado durante la etapa de adjudicación; Que, en este sentido, se ha procedido a revisar las respuestas efectuadas por la LICITANTE, a las consultas presentadas por Kallpa Generación S.A. y Edegel S.A.A., las cuales se encuentran conformes con la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD y la normatividad aplicable; Que, para la aprobación de las Bases Integradas de las LICITANTES, se ha procedido a incluir la denominación de Bases integradas, los plazos publicados en la convocatoria del proceso en el calendario del proceso del Anexo 4, el Precio de Potencia de Punta a Nivel Generación vigente a la fecha de la Convocatoria a la Licitación, los índices de actualización de los factores de precios, entre otros cambios menores; Que, de lo señalado, se puede verifi car que el procedimiento previo para la aprobación de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad, dentro de lo previsto en la norma citada en el considerando anterior y en las Bases del proceso, correspondiendo como siguiente fase, la aprobación por parte de OSINERGMIN de las Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las LICITANTES; Que, se han emitido el Informe N° 0499-2008-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 0500-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Luz del Sur S.A.A. y Edecañete S.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo 287648-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias para unidades ejecutoras a nivel nacional, conforme al Calendario de Compromisos inicial correspondiente al mes de diciembre de 2008 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 229-2008/SIS Lima, 5 de diciembre de 2008 VISTO: El Informe Nº 149-2008-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 28411 “El Calendario de Compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios…”; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 4: Otros Gastos Corrientes, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Descargado desde www.elperuano.com.pe