Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que mediante Resolucion Ministerial N° 665-97-PE de fecha 30 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca entre otros, a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA URDANIGA GUAYLUPO, para operar la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, con 146.27 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ ( 13 mm ); Que a traves de la Resolucion Directoral N° 075-2000PE/DNE de fecha 25 de MORDAZA de 2000, se aprobo a favor de la empresa PEEA DOS HERMANOS S.R.Ltda., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, en los mismos terminos y condiciones otorgados mediante Resolucion Ministerial N° 665-97-PE; Que mediante Resolucion Directoral N° 497-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 06 de diciembre de 2006, se modifico el Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 66597-PE, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera denominada "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, entendiendose que a partir de la fecha sera de 204.66 m3; Que a la fecha, la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM con 204.66 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web y en listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente en el literal J) del Anexo I y Anexo V de la Resolucion Ministerial N° 084-2007PRODUCE y en el Anexo Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007-PRODUCE; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo o la normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007PRODUCE. Que a traves de los escritos de los vistos, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente posee el dominio sobre la embarcacion "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por el Registrado Publico de la MORDAZA Registral N° VII-Sede MORDAZA del 26 de MORDAZA de 2008; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUE y demas normas modificatorias; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 486-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, el Articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

Nº 012-2001-PE, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Ministerial N° 665-97-PE de fecha 30 de octubre de 1997, modificado por Resolucion Directoral N° 497-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 06 de diciembre de 2006. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE.En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del Permiso de Pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial N° 075-2000-PE/DNE de fecha 25 de MORDAZA de 2000, a favor de la empresa PEEA DOS HERMANOS S.R.Ltda., para operar la embarcacion denominada "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "GALLITO II" de matricula CE-13720-PM, asi como la presente resolucion en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE al Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007-PRODUCE; excluyendo a la empresa PEEA DOS HERMANOS S.R.Ltda., consignado en dichos anexos. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 291976-3

Otorgan permiso de pesca a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C. para operar embarcacion pesquera de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 673-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 31 de octubre del 2008 Visto los escritos de Registro de ingreso N° 00068798 del 15 y 29 de septiembre, y 15 de octubre del 2008, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C.

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