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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2008 (06/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de enero de 2008 363256 legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 148527-3 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 460-2007-CG Lima, 28 de diciembre de 2007Visto, el Informe Especial Nº 271-2007-CG/ ORHZ, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Coishco, Ancash, por el período comprendido del 01 de enero 2004 al 31 de diciembre 2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado, relacionadas con hechos de importancia determinados en el curso de la acción de control; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control, en la Municipalidad Distrital de Coishco, Ancash, con el objeto de evaluar, entre otros aspectos, el canje de tributos municipales que había realizado la citada Municipalidad y si éstos se encuentran acorde con la normativa vigente; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha evidenciado que la Municipalidad Distrital de Coishco efectuó canje de deudas tributarias con sus principales contribuyentes, realizándose con los bienes recibidos en canje, pagos a cuenta a proveedores y otros gastos de operatividad, algunos de los cuales no cuentan con el sustento correspondiente, generándose un perjuicio económico a la entidad por la cantidad de S/. 254 701,73, al no contarse con directivas internas que implementen un adecuado control del destino de los citados recursos; monto que debe ser resarcido de conformidad con lo establecido en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto;De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 148527-4 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 461-2007-CG Lima, 28 de diciembre de 2007VISTO: el Informe Especial Nº 272-2007-CG/ ORHZ, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Coishco - Ancash, por el período comprendido del 01.Ene.2004 al 31.Dic.2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado, relacionadas con hechos de importancia determinados en el curso de la acción de control; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Coishco - Ancash, a fi n de determinar, entre otros objetivos, si en la citada Municipalidad se incrementó las dietas de los Regidores, y si éstos se encuentran acordes con las normas vigentes; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que el Concejo Municipal aprobó para el período 2004-2005, un incremento de dietas de los regidores de la Municipalidad Distrital de Coishco, transgrediendo la normativa municipal y presupuestal aplicable, sin contar con la información necesaria sobre la disponibilidad presupuestal y la viabilidad legal de dicha operación, ocasionando perjuicio económico a la entidad hasta por la suma de S/. 95 .817,00; hecho que constituye indicio razonable de la comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Peculado, tipifi cado y sancionado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, en tal sentido, corresponde autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría