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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (07/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2008 366073 MINISTERIO PUBLICO Designan fiscales en despachos de fiscalías superiores del Cusco y de Nazca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 156 -2008-MP-FN Lima, 6 de febrero de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la doctora María Carmela Venero Huarcaya, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial del Cusco, designándola en el Despacho de la Fiscalía Superior Civil y de Familia del Cusco. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Oswaldo Rubén Alfaro Jiménez, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Ica, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Nazca. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Cusco e Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 161564-1 Dan por concluido nombramiento de magistrada en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Andahuaylas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 157-2008-MP-FN Lima, 6 de febrero de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Gladyz Mercedes Banda Ortíz, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Andahuaylas; materia de la Resolución N° 1203-2002-MP-FN, de fecha 04 de julio del 2002. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Apurímac, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 161564-2ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Sancionan a personas jurídicas y natural con inhabilitación temporal en su derecho a participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 337-2008-TC-S3 Sumilla: La confi guración del supuesto de hecho de la norma tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento requiere previamente acreditar que el contrato haya sido resuelto por causas atribuibles al Contratista de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 226º del Reglamento. Lima, 31 de enero de 2008Visto, en sesión de fecha 28 de enero de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 299/2007.TC sobre procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Biomex Perú S.A.C. por supuesta responsabilidad en la resolución parcial de la Orden de Compra Nº RCO-6330406-OF de fecha 15 de mayo de 2006, materia de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº AMC-0051-2006-RCO/PETROPERU Primera Convocatoria, proceso convocado por ítems para la adquisición de material de vidrio para laboratorio, y; atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1.El 29 de marzo de 2006, Petróleos del Perú S.A. (PETROPERU), en adelante la Entidad, convocó el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº AMC-0051-2006-RCO/PETROPERU Primera Convocatoria, proceso convocado por ítems para la adquisición de material de vidrio para laboratorio, por un valor referencial ascendente a US$ 17 901.00 (Diecisiete mil novecientos uno y 00/100 dólares americanos). Como resultado del referido proceso de selección, el Comité Especial otorgó la Buena Pro de los ítems 1, 2, 3, 9, 17, 20, 21, 29 y 30 a la empresa Biomex Perú S.A.C., en adelante la Contratista. 2.El 15 de mayo de 2006, la Entidad emitió a favor de la Contratista la Orden de Compra Nº RCO-6330406-OF, por los ítems adjudicados, por un monto referencial ascendente a US$ 3 161.21 (Tres mil ciento sesenta y uno con 21/100 dólares americanos), con plazo de entrega hasta el 30 de mayo de 2006. 3.Vencido el plazo de entrega, la Unidad de Logística de la Entidad solicitó al Proveedor, mediante correo electrónico del 3 de julio de 2006, información respecto a la situación de la Orden de Compra; correspondiendo precisar que dicho correo fue enviado vía fax el 4 de julio de 2007. 4.El 4 de julio de 2006, mediante correo electrónico, la Contratista informó que el 5 de julio de 2006 hará entrega parcial del material, no indicando los motivos del retraso. 5.El 2 de agosto de 2006, la Contratista efectúa la entrega parcial de los bienes de los ítems 3, 9 y 29, quedando pendiente los demás ítems. 6.El 20 de setiembre de 2006, mediante Carta Notarial Nº GEOC-AD-254-2006, la Entidad requirió a la Contratista para que dentro del plazo de cinco (5) días