Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

Designan Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA para el Periodo Anual 2008
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 008-2008-CR/GRL MORDAZA, 31 de enero de 2008. VISTA: la convocatoria efectuada por la Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA de la Ley Nº 29053 y la propuesta del Consejero Regional por la provincia de Yauyos; El pedido de ratificacion en el cargo de Secretario de Consejo del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por parte de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora MORDAZA MORDAZA Barrera; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del articulo 15 de la referida ley, de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ley Nº 28968, que modifica el numeral l) del articulo 21 y la Undecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece en su articulo 1º que el Presidente Regional tiene la atribucion de convocar y presidir las Sesiones del Consejo de Coordinacion Regional y la Undecima Disposicion, senala que: "Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional...." Que, en cumplimiento de la Ley Nº 29053, se procedio a llevar a cabo la sesion a fin de elegir a la Consejera o Consejero Delegado para el periodo 2008, sesion extraordinaria llevada a cabo el 31 de enero de 2008, y ante la propuesta del Consejero Regional por la provincia de Yauyos, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el MORDAZA en mayoria de sus miembros se MORDAZA a la Consejera Delegada. Asimismo en la sesion se procedio por mayoria a la ratificacion del Secretario de Consejo; En uso de sus facultades conferidas en la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053; ACUERDA: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Consejera Regional por la provincia de Barranca, licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, para el Periodo Anual 2008. Articulo Segundo.- RATIFICAR en el cargo de Secretario de Consejo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el periodo anual 2008. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo de Consejo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, asimismo en un Diario de Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada 169172-12

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Reconocen a la planta de coca como patrimonio regional, cultural inmaterial, etnobotanico, sociologico, historico, alimenticio, medicinal e industrial y como simbolo del pueblo quechua-aymara de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 6 de noviembre del 2007, ha tratado, debatido y aprobado por mayoria la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, concordante con el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, senala que son competencias de los Gobiernos Regionales, Planificar el Desarrollo integral de su region, promover la formacion de empresas y unidades economicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios, promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. Que, segun articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, son atribuciones del Consejo Regional: aprobar, modificar o derogar las normas que regulen los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. La historia de los pueblos andinos - amazonicos, va estrictamente ligada con los productos que producen y consumen, sea como alimento o como uso en rituales sagrados y cosmovision MORDAZA, entre estos productos destacan "la hoja de coca". El ano 1974, en el estudio cientifico de la Universidad de Harvard - Estados Unidos de Norteamerica: "Nutricional value of coca" de los Drs: MORDAZA, MORDAZA A; Dulik, D; Plowman, T., se reconoce la superioridad de los nutrientes de la hoja de coca (Proteinas, hierro, calcio, fosforo y vitaminas, etc.) frente a otros productos de uso andino. Que, el recurso botanico mas valioso que poseemos, es la planta de la hoja de coca; Erythroxylum coca, usada como alimento y medicina, posee 32 nutrientes: 16 vitaminas y 16 minerales, los mismos que son requeridos por las celulas del cuerpo humano y 14 alcaloides biologicos que optimizan el rendimiento cerebral y la inteligencia humana. Tras la conquista del MORDAZA de los Incas, la hoja de coca deja de cumplir el papel sagrado, pasando a ser parte importante de la alimentacion para masticarla, dado que suprime la sensacion de hambre y se constituye en una fuente de energia, para soportar trabajos forzosos y pesados; en la actualidad, se constituye como alimento y medicina para la humanidad, lo cual como complemento nutricional, solucionaria la desnutricion infantil cronica (25% de la ninez en la Region Puno). Segun los analisis de la hoja de coca realizada en 1982, por el Departamento de Quimica Fisiologica del Instituto Nacional de Nutricion del Ministerio de Salud, se presenta el siguiente reporte:

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