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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (09/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de junio de 2008 373766 SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR el Cronograma de Presentación de Informes de Autoevaluación de las universidades bajo la competencia del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, conforme de detalla a continuación; CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE INFORMES DE AUTOEVALUACIÓN Universidad Nacional Micaela Bastidas de ApurímacQuinto IDAE ( 2007-I, 2007-II )26 de Junio del 2008. Universidad Para el Desarrollo AndinoCuarto IDAE ( 2007-I, 2007-II )11 de Junio del 2008. Universidad Peruana de Ciencia e InformáticaCuarto IDAE ( 2007-I, 2007-II )16 de Junio del 2008. Universidad Privada Sergio BernalesSegundo IDAE ( 2007-I, 2007-II )12 de Junio del 2008. Universidad Peruana de Las AméricasCuarto IDAE ( 2006-II, 2007-I )16 de Junio del 2008. Universidad Antonio Ruiz de MontoyaCuarto IDAE ( 2007-I, 2007-II )17 de Junio del 2008. Universidad Nacional Primer IDAE ( 2005 –II, 2006 I )09 de Junio del 2008 Intercultural Segundo IDAE ( 2006 –II, 2007-I )16 de Junio del 2008 de la AmazoníaTercer IDAE ( 2007 II, 2008 I )19 de septiembre del 2008 Universidad Privada TELESUPCuarto IDAE ( 2007-I, 2007-II )23 de Junio del 2008 Universidad Privada de PucallpaTercer IDAE ( 2007-II, 2008-I )22 de Setiembre del 2008. Universidad Privada Ada ByronSegundo IDAE ( 2007-II, 2008-I )22 de Setiembre del 2008. Universidad Nacional José María ArguedasPrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )20 de Junio del 2008. Universidad Peruana Simón BolívarPrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )23 de Junio del 2008. Universidad Privada San Carlos de PunoPrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )25 de Junio del 2008. Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de LimaPrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )23 de Junio del 2008. Universidad Peruana del OrientePrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )24 de Junio del 2008. Universidad Peruana de Integración GlobalPrimer IDAE ( 2007-II, 2008-I )13 de Setiembre del 2008. Universidad de Ciencias y HumanidadesPrimer IDAE ( 2007-I, 2007-II )23 de Junio del 2008. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JORGE ARTURO BENITES ROBLES Presidente JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA Secretario General 209792-1 MINISTERIO PUBLICO Declaran fundada denuncia por delitos contra la fe pública y corrupción de funcionarios y deciden inicio de acción penal contra ex Juez suplente del Juzgado Mixto de Satipo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 737-2008-MP- FN Lima, 5 de junio del 2008VISTOS: El expediente N° 001-2000, que contiene la investigación disciplinaria seguida contra el doctor Jorge Augusto Castillo Castillo, ex Juez Suplente del Juzgado Mixto de Satipo, por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública en su modalidad de Falsifi cación de Documentos en General; Abuso de Autoridad, y Corrupción de Funcionarios en su modalidad de Cohecho Pasivo; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, mediante resolución de fs. 173, su fecha 28 de mayo de 2003, la Ofi cina Distrital Desconcentrada de Control Interno de Junín, dispuso abrir investigación disciplinaria contra el doctor Jorge Augusto Castillo Castillo, por su actuación como Juez Suplente del Juzgado Mixto de Satipo, por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública en su modalidad de Falsifi cación de Documentos en General, Abuso de Autoridad, y Corrupción de Funcionarios en su modalidad de Cohecho Pasivo; habiendo cumplido el denunciado con efectuar su descargo mediante escrito de fs. 182/183 su fecha 27 de agosto de 2005, por lo que al haber emitido la Fiscalía Suprema de Control Interno su Informe de Ley a fs. 208/210, es del caso expedir el pronunciamiento que corresponda; Segundo: Se atribuye al ex juez Suplente del Juzgado Mixto de Satipo, Jorge Augusto Castillo Castillo, haber concertado con los litigantes Gustavo Juárez Torres, Julio Irineo Juárez Alvarado para hacer desaparecer el expediente judicial acumulado N° 224-90 y 178-91 sobre prescripción adquisitiva de dominio, reinvidicación, cumplimiento de obligaciones de hacer y otros, y entorpecer la ejecución del fallo en perjuicio del denunciante, para cuyo efecto el citado magistrado de manera directa y personal hizo entrega al Secretario de Juzgado Carrillo O’nofre, el Ofi cio Nº 313-95 de fecha 03 de noviembre de 1995 que aparecía suscrito por la doctora María Julia Pinconti, Secretaria de la Primera Sala Civil de la Corte Suprema de la República, en el cual se solicitaba el envío del referido expediente judicial, requerimiento que el mencionado juez dispuso sea atendido de manera inmediata, lo que realizó la auxiliar judicial Elvira Díaz Fernández en compañía de los interesados Luis Roldán Camarena, Margarita Castro Pérez, Fredy Ponce y Jeny Juscamayta Lobato. Sin embargo, el expediente nunca llegó a la ciudad de Lima, descubriéndose posteriormente que el Ofi cio de requerimiento (Nº 313-95) había sido fraguado, pues se había falsifi cado la fi rma de la doctora María Julia Pinconti. Tercero: Que, de la revisión y análisis de los actuados, se advierte la existencia de sufi cientes indicios de la comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsifi cación de Documentos, que vincularía al ex magistrado investigado Jorge Augusto Castillo Castillo con los hechos denunciados. En efecto, el Art. 427º del Código Penal, sanciona la conducta del que “... hace en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento (...) si de su uso puede resultar algún perjuicio (...)”; así como del que “ ... hace uso del documento falso o falsifi cado, como si fuese legítimo, siempre que de su uso pueda resultar un perjuicio”. Se trata de un delito que protege no sólo la fe pública en su ámbito subjetivo, sino también el correcto funcionamiento del tráfi co jurídico. Cuarto: Que, los cargos formulados contra el ex magistrado investigado, se sustentan en la manifestación policial del Secretario de Juzgado Jimy Carrillo O’nofre, (fs. 80/81), quien ha sostenido que el día 7 de noviembre de 1995, el ex Juez suplente Castillo Castillo le hizo entrega del Ofi cio N° 904-94 de fecha 03 de noviembre de 1995 que en fotocopia autenticada corre a fs. 3, el cual aparecía suscrito por la secretaria de la Primera Sala Civil de la Corte Suprema, doctora María Julia Piscontti, documento mediante el cual se solicitaba al Juzgado Mixto de Satipo la remisión del expediente N° 224-90 acumulado al 178- 91, relacionados con el proceso civil seguido por Julio Irineo Juárez Alvarado y otro con Manuel Arturo Panez Hilser y otro, sobre prescripción Adquisitiva de dominio de terreno, proceso civil que a decir del denunciante Manuel Arturo Panez Hilser, (fs. 72), contaba con el veredicto fi nal que lo favorecía, pues se había autorizado al Juzgado Mixto de Satipo se le hiciera entrega física del predio y se le otorgara la correspondiente escritura pública. Asimismo sostiene el Secretario Carrillo O’nofre, que el ex Juez Castillo Castillo le Descargado desde www.elperuano.com.pe