Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2008 (10/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 10 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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MORDAZA DEL EJERCITO MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 9 al 12 de junio de 2008. 4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE NO INDICAN 210603-1

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29021, LEY DE PROMOCION PARA LA FUSION DE MUNICIPIOS DISTRITALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto El presente Reglamento regula la promocion y los incentivos para la fusion voluntaria de Municipios Distritales en el MORDAZA de la Ley Nº 29021, Ley de Promocion para la Fusion de Municipios Distritales, Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM. Articulo 2°.- Lineamientos territoriales El territorio donde se organizan los Municipios Distritales constituye un espacio geografico basado en un conjunto de relaciones sociales que dan origen y expresan una identidad y un sentido de proposito compartidos por los agentes publicos y privados. La identidad territorial permite la convergencia de intereses y voluntades, y da sentido y contenido a los proyectos de desarrollo de dicho espacio geografico. En concordancia con ello: 2.1. La fusion como lineamiento territorial esta orientada a lograr la integracion, la complementariedad y la competitividad del territorio asi como al fortalecimiento de la administracion del Estado para la gestion del desarrollo local y regional con la finalidad de mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion circunscrita en el. 2.2. La fusion como una accion demarcatoria esta orientada a lograr una division racional y organizada del territorio con la finalidad de configurar circunscripciones politicas aptas para la gestion del desarrollo local y regional. 2.3. La fusion de Municipios Distritales se efectuara en espacios territoriales en los que se requiera adecuar la demarcacion politica a la nueva organizacion del territorio regional y provincial. Los estudios de diagnostico y zonificacion, elaborados por los Gobiernos Regionales y aprobado por la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, constituyen el MORDAZA orientador de evaluacion y viabilidad tecnica de las iniciativas de fusion. Articulo 3°.- Beneficios de la fusion Los Municipios Distritales que resulten del MORDAZA de fusion planifican su desarrollo en el MORDAZA de los objetivos estrategicos de sus ambitos jurisdiccionales, implementando acciones que permitan fortalecer el desarrollo de los municipios, el desarrollo integral, armonico y sostenible de sus ambitos territoriales. Entre los beneficios que conlleva la fusion de Municipios Distritales se encuentran: a) Lograr una mayor integracion y desarrollo territorial. b)Fortalecer la gestion local y regional. c) Mejorar y ampliar la prestacion de servicios publicos a los ciudadanos. d) Hacer posible la gestion de la competitividad territorial. e) Coadyuvar en las estrategias de lucha contra la pobreza. Articulo 4°.- MORDAZA de racionalidad En aplicacion del MORDAZA de racionalidad, los organos del Sistema Nacional de Demarcacion Territorial deberan orientar las acciones de demarcacion territorial a lograr una division racional y organizada del territorio nacional a fin de que la fusion de los municipios permita sinergias y la optimizacion de recursos para el desarrollo equitativo local.

ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29021 - Ley de promocion para la fusion de municipios distritales
DECRETO SUPREMO N° 075-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29021, Ley de Promocion para la Fusion de Municipios Distritales, establecio el MORDAZA normativo de promocion para la fusion voluntaria de Municipios Distritales, con arreglo a la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0192003-PCM, que regulan el procedimiento de fusion como accion demarcatoria; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29021 dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Decreto Supremo, dictara las normas reglamentarias; Que, en tal sentido es necesario dictar las normas que permitan que las Municipalidades Distritales cuenten con un mejor ordenamiento territorial que eleve la calidad de los servicios publicos que prestan y haga posible la gestion de la competitividad territorial, acordados en el MORDAZA de la fusion de Municipios Distritales; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 29021; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 29021 ­ Ley de Promocion para la Fusion de Municipios Distritales, que consta de cuatro (4) capitulos y dieciseis (16) articulos, el cual forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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