Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2008 (10/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 10 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Division 4.1: Division 4.2: Division 4.3:

373805
Solidos inflamables, sustancias de reaccion espontanea y solidos explosivos insensibilizados. Sustancias que pueden experimentar combustion espontanea. Sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables.

b) Prestar apoyo al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, en la atencion de emergencias o accidentes que se deriven del transporte de materiales y/ o de residuos peligrosos.

Articulo 12º.- Del Instituto Peruano de Energia Nuclear - IPEN El Instituto Peruano de Energia Nuclear realiza las funciones de autorizar, controlar y fiscalizar la operacion de transporte terrestre de MORDAZA de radiacion ionizante relativo a seguridad radiologica y nuclear, proteccion fisica y salvaguardias de los materiales nucleares a nivel nacional conforme a lo previsto en el presente reglamento y las normas nacionales vigentes sobre la materia. Articulo 13º.- Del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI El Instituto Nacional de Defensa Civil tiene la funcion de brindar apoyo en la atencion de emergencia proporcionando apoyo inmediato a la poblacion afectada por desastres generados durante la operacion de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos. Articulo 14º.- Del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, ejercera las siguientes funciones de apoyo: 1. Dirigir, con el apoyo de la Policia Nacional del Peru y de las autoridades sectoriales, regionales y locales de, ser el caso, y en coordinacion con el transportista, la atencion de emergencias o accidentes ocurridos durante el transporte de materiales y/o residuos peligrosos. 2. Proponer a las autoridades competentes, recomendaciones sobre la atencion de emergencias o accidentes a ser contemplados en los respectivos planes de contingencia. CAPITULO IV DE LOS MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS

Clase 5 : Sustancias comburentes y peroxidos organicos Division 5.1: Division 5.2: Sustancias comburentes. Peroxidos organicos.

Clase 6 : Sustancias toxicas y sustancias infecciosas Division 6.1: Division 6.2: Sustancias toxicas. Sustancias infecciosas.

Clase 7 : Materiales radiactivos Clase 8 : Sustancias corrosivas Clase 9 : Sustancias y objetos peligrosos varios Articulo 16º.- De los residuos peligrosos. 1. Los residuos peligrosos se transportaran conforme a los requisitos de la clase correspondiente que senala el articulo precedente, habida cuenta de sus peligros y de los criterios que figuran en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. 2. Los residuos peligrosos no comprendidos conforme al parrafo anterior, pero incluidos en el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminacion, deben transportarse como pertenecientes a la clase 9. Articulo 17º.- Del numero de identificacion de materiales y residuos peligrosos Los materiales y residuos peligrosos se identificaran con el numero indicado en la lista de mercancias peligrosas del Libro Naranja de las Naciones Unidas. Articulo 18º.- De la actualizacion de la lista de materiales peligrosos y residuos peligrosos El Ministerio de Salud, a traves de DIGESA, mantendra a disposicion del publico, en su MORDAZA institucional, la lista actualizada de materiales peligrosos, contenidas en el Libro Naranja de las Naciones Unidas y la lista de residuos peligrosos conforme al Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminacion. Articulo 19º.- De los rotulos y etiquetas Los rotulos y etiquetas empleados en el transporte de los materiales y/o residuos peligrosos deberan cenirse a lo establecido en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. Articulo 20º.Del envase, embalaje y contenedores Los envases y embalajes de los materiales y/o residuos peligrosos estaran sometidos a las siguientes condiciones generales: 1. Los envases y embalajes de los materiales y/o residuos peligrosos se rigen de acuerdo con la clasificacion, tipos y disposiciones que establece el Libro Naranja de las Naciones Unidas. 2. Los envases y embalajes de materiales y/o residuos peligrosos deben tener la resistencia suficiente para soportar la operacion de transporte en condiciones normales de acuerdo a lo senalado en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. 3. Los contenedores que se usen en el transporte de materiales y residuos peligrosos deberan cumplir con lo senalado en el Libro Naranja de las Naciones Unidas.

Articulo 15º.- De la clasificacion de materiales peligrosos Los materiales peligrosos comprendidos en el presente reglamento se adscriben a una de las nueve clases establecidas en el Libro Naranja de las Naciones Unidas; cuyo detalle es el siguiente: Clase 1 : Explosivos Division 1.1: Division 1.2: Division 1.3: Sustancias y objetos que presentan un riesgo de explosion en masa. Sustancias y objetos que tienen un riesgo de proyeccion, pero sin riesgo de explosion en masa. Sustancias y objetos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo menor de explosion o un riesgo menor de proyeccion, o ambos, pero no un riesgo de explosion en masa. Sustancias y objetos que no presentan riesgo apreciable. Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosion en masa. Objetos sumamente insensibles que no tienen riesgo de explosion en masa.

Division 1.4: Division 1.5: Division 1.6:

Clase 2 : Gases Division 2.1: Division 2.2: Division 2.3: Gases inflamables. Gases no inflamables, no toxicos. Gases Toxicos.

Clase 3 : Liquidos inflamables Clase 4 : Solidos inflamables Sustancias que pueden experimentar combustion espontanea, sustancias que en contacto con el agua, desprenden gases inflamables.

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