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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (10/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de junio de 2008 373803 8. DESTINATARIO Persona a cuyo nombre se envían los materiales y/o residuos peligrosos y, como tal, es designado en la Guía de Remisión - Remitente. 9. DIGESA Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud. 10. DGCF Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 11. DGTT Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 12. EMERGENCIA Situación generada por un evento repentino e imprevisto que hace tomar medidas de prevención, protección y control inmediatas para minimizar sus consecuencias. 13. EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIO DE TRANSPORTE Persona jurídica registrada y autorizada para realizar servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos. Puede realizar transporte de materiales peligrosos de su propiedad o residuos peligrosos generados por ella. 14. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Dispositivos, materiales e indumentaria específi ca y personal, destinados a la protección del personal que participa en la operación de transporte de materiales y/o residuos peligrosos. 15. ETIQUETA Conjunto de elementos de información escritos, impresos o gráfi cos relativos a un producto peligroso, elegidos en razón de su pertinencia para el sector o los sectores de que se trate, que se adhieren o se imprimen en el recipiente que contiene el material peligroso o en su embalaje/envase exterior o que se fi jan en ellos. 16. HOJA RESUMEN DE SEGURIDAD Documento que contiene instrucciones escritas, de manera concisa, para cada material o residuo peligroso transportado o para cada grupo de materiales o residuos peligrosos que presenten los mismos peligros o riesgos, en previsión de cualquier incidente o accidente que pueda sobrevenir durante la operación de transporte. 17. LIBRO NARANJA DE LAS NACIONES UNIDAS Edición en español de las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas (Reglamentación Modelo), elaboradas por el Comité de Expertos de Transporte de Mercancías Peligrosas, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. 18. MAQUINISTA Titular de la licencia de conducir vehículos ferroviarios de categoría especial capacitado para operar locomotoras que transportan materiales y/o residuos peligrosos. 19. MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS Aquellos que por sus características fi sicoquímicas y/o biológicas o por el manejo al que son o van a ser sometidos, pueden generar o desprender polvos, humos, gases, líquidos, vapores o fi bras infecciosas, irritantes, infl amables, explosivos, corrosivos, asfi xiantes, tóxicos o de otra naturaleza peligrosa o radiaciones ionizantes en cantidades que representan un riesgo signifi cativo para la salud, el ambiente o a la propiedad. Esta defi nición comprende los concentrados de minerales, los que para efectos del presente reglamento, se considerarán como Clase 9, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º del mismo, salvo que el riesgo de la sustancia corresponda a una de las clases señaladas en el Libro Naranja de las Naciones Unidas.20. MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS INCOMPATIBLES Aquellos materiales y/o residuos que cargados o transportados juntos, pueden ocasionar riesgos o peligros inaceptables en caso de derrame o cualquier otro accidente. 21. MERCANCÍAS PELIGROSAS Cuando en el Libro Naranja de las Naciones Unidas se refi era a mercancías peligrosas, entiéndase como materiales peligrosos. 22. OPERACIÓN DE TRANSPORTE Transporte de materiales y/o residuos peligrosos de un lugar a otro por vía terrestre. También comprende actividades de carga, estiba, manipulación y descarga. 23. PELIGRO Fuente con potencial para producir daños a la salud de las personas, al ambiente o propiedad. 24. PLAN DE CONTINGENCIA Instrumento de gestión, cuya fi nalidad, es evitar o reducir los posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y al ambiente; conformado por un conjunto de procedimientos específi cos preestablecidos de tipo operativo, destinados a la coordinación, alerta, movilización y respuesta ante una probable situación de emergencia, derivada de la ocurrencia de un fenómeno natural o por acción del hombre y que se puede manifestar en una instalación, edifi cación y recinto de todo tipo, en cualquier ubicación y durante el desarrollo de una actividad u operación, incluido el transporte. 25. REMITENTE Persona que entrega, para su transporte por vía terrestre, una remesa de material y/o residuo peligroso. Puede ser, el fabricante, el propietario o el destinatario. 26. RIESGO Probabilidad de que ocurra un hecho capaz de producir algún daño a la salud de las personas, al ambiente y/o propiedad. 27. RÓTULO Señal de advertencia que identifi ca el riesgo de un material o residuo peligroso, por medio de colores y símbolos que se ubican sobre el vehículo, unidad de carga o vagón. 28. SERVICIO DE TRANSPORTE Aquel que se presta a terceros a cambio de una retribución, pudiendo comprender las actividades de carga, estiba, manipulación y descarga de materiales y/o residuos peligrosos. 29. TRANSBORDO Operación de traslado de la carga de un vehículo o unidad de carga a otro vehículo o unidad de carga. 30. TRASIEGO Operación de traslado de fl uidos líquidos o gaseosos de un recipiente a otro. 31. TRANSPORTISTA Persona natural o jurídica que realiza el transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos. 32. TRANSPORTE POR CUENTA PROPIA Aquel que realizan las personas naturales o jurídicas en vehículos propios o tomados en arrendamiento fi nanciero u operativo, cuya actividad o giro principal no es el transporte y siempre que los bienes a transportar sean de su propiedad. 33. TRANSPORTE TERRESTRE INTERMODAL El que se realiza por carretera y ferrocarril o viceversa por el mismo transportista.Descargado desde www.elperuano.com.pe