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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (10/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de junio de 2008 373799 lo Penal del Módulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote de la Corte Superior de Justicia del Santa; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 03 de abril de 2008, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa de la procesada KRYSTLE CAROL ROCA IÑAPE, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - estafa en agravio de Olinda Lozano Torres (Exp. N° 36-2008); Que, mediante el Informe N° 029-2008/COE-TC de!12 de abril de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa de la referida procesada; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28° del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Denegar el pedido de extradición activa de la procesada KRYTLE CAROL ROCA IÑAPE, formulado por el Juzgado Especializado en lo Penal del Modulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote de la Corte Superior de Justicia del Santa. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 211035-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 088-2008-JUS Lima, 9 de junio de 2008Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 025-2008/COE-TC del 26 de marzo de 2008, sobre la solicitud de extradición activa de la procesada BERTHA YSABEL GAGO SILVA, formulada por el Cuadragésimo Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 12 de marzo de 2008, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa de la acusada BERTHA YSABEL GAGO SILVA, para que sea procesada por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - apropiación ilícita en agravio de la empresa Coulab Médica Sociedad Anónima (Exp. N° 06-2008);Que, mediante el Informe N° 025-2008/COE-TC del 26 de marzo de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa de BERTHA YSABEL GAGO SILVA; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28° del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Denegar el pedido de extradición activa de la procesada BERTHA YSABEL GAGO SILVA, formulado por el Cuadragésimo Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 211035-10 Constituyen Comisión Especial encargada de elaborar informe que contenga el diagnóstico de la infraestructura de la actual sede institucional del Ministerio de Justicia y la propuesta de acciones que se llevarán a cabo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0317-2008-JUS Lima, 9 de junio de 2008 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo Nº 1009 se dispone que las entidades y organismos públicos del Poder Ejecutivo que tengan en propiedad o en uso bienes inmuebles en calidad de sedes institucionales, inicien un programa de ordenamiento de las mismas, con el objeto de ponerlas en venta mediante subasta pública y a valor comercial; Que, el artículo 3º de la referida norma dispone que cada entidad u organismo público del Poder Ejecutivo constituirá una Comisión Especial encargada del procedimiento de venta de los bienes inmuebles, asimismo señala quiénes deberán integrarla; Que, en consecuencia resulta necesario constituir una Comisión Especial al interior del Ministerio de Justicia encargada de tal procedimiento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Constituir una Comisión Especial para que en el plazo de treinta (30) días calendario contados desde la entrada Descargado desde www.elperuano.com.pe