Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2008 (10/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 10 de junio de 2008

Articulo 4.- Difusion Una vez publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el presente Decreto Supremo, que aprueba el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior TUPA; el anexo que comprende el texto de los procedimientos y servicios administrativos a cargo de la entidad, sera difundido en la misma fecha, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter. gob.pe). Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 211035-2

Administrativos - MORDAZA del Ministerio del Interior, el procedimiento administrativo para otorgar la nacionalidad peruana por naturalizacion, el de obtencion de la doble nacionalidad y el de recuperacion de la nacionalidad peruana, contenidos en la Ley N° 26574 - Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-97-IN. Articulo 2°.- PLAZOS El plazo de tramitacion de los procedimientos especiales a que se refiere el articulo anterior no podra exceder de doce (12) meses contados a partir de la MORDAZA del expediente en Mesa de Partes de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior. Articulo 3°.- CONFIGURACION EN EL MORDAZA Los procedimientos especiales para otorgar la nacionalidad peruana por naturalizacion, obtencion de la doble nacionalidad y recuperacion de la nacionalidad peruana forman parte del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio del Interior, como Procedimientos Especiales. Articulo 4.- VIGENCIA El presente Decreto Supremo entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 5.- DIFUSION Una vez publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el presente Decreto Supremo, que aprueba los procedimientos especiales para otorgar la nacionalidad peruana por naturalizacion, obtencion de la doble nacionalidad y recuperacion de la nacionalidad peruana que forman parte del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio del Interior, como Procedimientos Especiales; el anexo que comprende el texto del documento senalado, sera difundido en la misma fecha en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob. pe). Articulo 6°.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno a los nueve dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 211035-3

Aprueban procedimientos administrativos especiales para otorgar nacionalidad por naturalizacion, obtencion de doble nacionalidad y recuperacion de la nacionalidad peruana
DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, la Ley N° 29060 - Ley del Silencio Administrativoestablece, que las entidades de manera excepcional, podran determinar los procedimientos administrativos especiales que requieran una tramitacion distinta a la prevista en la referida Ley, debiendo cada entidad especificar la naturaleza del procedimiento, su denominacion, la justificacion de su excepcion y su nueva configuracion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA; Que, la Ley N° 26574 - Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-97-IN, establece los requisitos y condiciones para adquirir la nacionalidad peruana por naturalizacion, doble nacionalidad y la recuperacion de la nacionalidad peruana; senalandose expresamente que la naturalizacion es aprobada mediante Resolucion Suprema y la doble nacionalidad y recuperacion de nacionalidad son aprobadas mediante Resolucion Ministerial; Que, los procedimientos de otorgamiento de nacionalidad peruana por naturalizacion, doble nacionalidad y recuperacion de nacionalidad, son de naturaleza excepcional y potestativa del Estado Peruano representado por el Poder Ejecutivo y por consiguiente, requieren de una plazo de tramitacion mayor al establecido en la Ley N° 29060; y, De conformidad con el inciso 1) y 24) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29060 Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2008-PCM; y la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- APROBACION DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.Apruebese como Procedimientos Especiales que forman parte del Texto Unico de Procedimientos

JUSTICIA
Deniegan pedidos de extradicion activa de procesadas por presunta comision de delitos formulados por juzgados penales de las Cortes Superiores del MORDAZA y de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 087-2008-JUS MORDAZA, 9 de junio de 2008 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 029-2008/ COE-TC del 12 de MORDAZA de 2008, sobre la solicitud de extradicion activa de la procesada KRYSTLE MORDAZA MORDAZA INAPE, formulada por el Juzgado Especializado en

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