Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2008 (13/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 13 de junio de 2008

- Transferencias monetarias condicionadas - Dotacion de infraestructura de agua y saneamiento - Acceso de la poblacion a la identidad - Empleo temporal - Vialidad Que, en concordancia con lo MORDAZA expuesto, la Municipalidad Distrital de Ventanilla amparado en los Convenios precisados en los parrafos anteriores, asume el compromiso y responsabilidad de luchar contra la desnutricion cronica infantil, para lo cual en merito a lo indicado en el articulo 5.2 del Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, ha previsto crear la "Instancia de Articulacion y Coordinacion" que permita y facilite la intervencion y coordinacion de las diferentes instancias de gobierno nacional, regional y local, articuladas con la sociedad civil y la comunidad desde sus diferentes niveles de responsabilidad, asi como, la implementacion de acciones concertadas orientadas a la lucha contra la Desnutricion Infantil y Pobreza. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 195º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; estando a lo expuesto, con el Dictamen Favorable de la Comision de Asuntos Legales, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los articulos 9º, inciso 6) y 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONFORMA EL CONSEJO DISTRITAL DE COORDINACION Y CONCERTACION DE LUCHA CONTRA LA POBREZA Y DESNUTRICION CRONICA INFANTIL Articulo Primero.- Conformar "El Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil", el mismo que como instancia de articulacion y coordinacion del Municipio Distrital de Ventanilla, estara orientado a la Lucha Contra La Pobreza y la Desnutricion Cronica Infantil, la cual sera responsable de efectuar el diagnostico, planeamiento, gestion, supervision y monitoreo de la "Estrategia Nacional CRECER", en su jurisdiccion, en el MORDAZA de lo establecido en el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2007-PCM. Dicho, Consejo Distrital, estara integrado por los siguientes actores: a) El MORDAZA quien lo presidira y los Gerentes de Servicios Sociales y Participacion Vecinal, quienes lo apoyaran en las labores operativas correspondientes. b) El Jefe de la Red de Salud de Ventanilla. c) Los representantes que designen las MORDAZA Cooperantes Internacionales, las Entidades de Cooperacion Extranjera- ENIEX y otros Organismos, con la que esta comuna ha suscrito Convenios Interinstitucionales de Cooperacion, Asistencia Tecnica y/o Financiera. d) Los representantes de la Sociedad Civil debidamente acreditados ante el Alcalde. Articulo Segundo.- Los representantes ante el Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil, deberan acreditarse mediante Resolucion o comunicacion expedida por el MORDAZA representante de la entidad o programa, segun sus competencias. Articulo Tercero.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sera la encargada de elaborar el Reglamento y Plan de Trabajo, respectivo, en un plazo de 60 dias calendario, a partir de la promulgacion de la presente norma. Articulo Cuarto.- El Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil, es el encargado de elaborar los instrumentos de Politica Distrital, en concordancia con las politicas de articulacion nacional e intersectorial de lucha contra la pobreza y desnutricion cronica infantil y

de inversion social; es asi que en un plazo de 90 dias, deberan elaborar las herramientas que a continuacion se plantean: - Estrategia Distrital y Plan de Accion de Lucha contra la Desnutricion, dentro de la cual se incluye todos los parametros y lineamientos establecidos en el MORDAZA de la Estrategia Nacional CRECER. - Plan Distrital de Superacion de la Pobreza en el MORDAZA de los objetivos estrategicos estipulados en las bases para la estrategia de superacion de la pobreza y oportunidades economicas para los pobres; tomando en cuenta los aportes de los gobiernos distritales y organismos de base. - Plan de Operaciones Distrital de CRECER, en el que se establezcan mecanismos de coordinacion con la Secretaria Tecnica de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales-CIAS de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Articulo Quinto.- El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Resolucion de Alcaldia, dentro de un plazo no mayor de 30 dias, designara a un(a) Director(a) Ejecutivo(a), quien preferentemente debera ser un profesional con solidos conocimientos en gestion y cooperacion internacional; que tendra a su cargo el gerenciamiento y articulacion operativa del Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 211846-2

Aprueban cofinanciamiento de obra de construccion de MORDAZA de contencion en pasaje del Asentamiento Humano Los MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 067-2008/MDV-CDV Ventanilla, 30 de MORDAZA de 2008 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de MORDAZA del 2008, el Dictamen Nº 003-2008-MDV-CDU, de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe No. 250-2008/MDV-GDUO, de fecha 28 de MORDAZA del presente ano, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, solicita se apruebe el cofinanciamiento de la Obra: Construccion de MORDAZA de Contencion en el pasaje C, mz. E y F del Asentamiento Humanos Los MORDAZA, por un monto de S/. 20, 000. 00 (Veinte mil y 00/100 Nuevos Soles), obra que se encuentra aprobada por el Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", bajo Convenio de Ejecucion del Proyecto Nº 16-0013-01.08 (PR). Que, mediante Memorando Nº 672-2008/MDV-GPP de fecha 21 de MORDAZA del 2008, la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, informa que el referido cofinanciamiento sera atendido bajo la fuente 07 Foncomun, hasta por el monto de S/. 20, 000. 00 (Veinte mil y 00/100 Nuevos Soles). Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades; entendiendose dicha autonomia como la facultad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico.

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