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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (13/06/2008)

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TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de junio de 2008 374022 Que, mediante Ordenanza Nº 391-MSB, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 02.06.2007, se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para la elaboración del Presupuesto Participativo Anual del Distrito de San Borja; norma que otorga facultades al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía modifi que y apruebe el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, así como los Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Jurídica Y Gerencia de Planifi cación Estratégica. DECRETA: Artículo Único.- Aprobar el Cronograma del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2009, que en Anexo forma parte del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL 2009 Actividades E F M ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO 1º Preparación 11 13 2º Convocatoria 14 27 3º Identi fi cación y Registro de Agentes 23 11 Participantes 4º Capacitación de Agentes Participantes 12 5º Desarrollo de Talleres: Taller 1: 15 - Rendición de Cuentas y PDC Diagnóstico, Identi fi cación y Priorización de Problemas, y De fi nición de Criterios de Priorización de Alternativas de SoluciónTaller 2: 17 - Identi fi cación de Acciones y Proyectos, Evaluación Técnica y Priorización de Acciones y Proyectos, Formalización de Acuerdos y Compromisos 6º Publicación del Proceso de Presupuesto 14 29 Participativo en el Portal Institucional (PáginaWeb) de la MSB 7º Actualización del Aplicativo Interactivo (página 31 29 Web) del MEF 212778-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban creación de la Comisión Ambiental Municipal - San Luis ORDENANZA N° 081-MDSL San Luis, 29 de abril de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen N° 001-2008-MDSL-CSSA, emitido por la Comisión de Salud y Saneamiento Ambiental, el cual recomienda aprobar el Proyecto de Ordenanza de la Creación del Concejo Ambiental Municipal en el Distrital de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 24° de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, señala que los Gobiernos Locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes en concordancia con las políticas, normas y planes sectoriales y regionales en el marco de los principios de la gestión ambiental, asimismo los Gobiernos Locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental, Sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la sociedad civil; Que, el artículo 25º del mismo cuerpo legal precisa que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal. Promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM y mediante Ordenanza municipal se aprueba la creación de la Comisión Ambiental Municipal, su ámbito y sus funciones. Que, el artículo 82° numeral 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades indica que dentro de sus funciones y competencias específi cas de las Municipalidades, es la de promover la cultura de la prevención, mediante la educación para la preservación del ambiente. Al amparo de las atribuciones otorgadas por el artículo 9° numeral 8) y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MARCO QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL- SAN LUIS Artículo 1º.- CRÉASE la Comisión Ambiental Municipal San Luis - CAM como la instancia de gestión ambiental del distrito de San Luis, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y de la sociedad civil, articulado a las políticas ambientales de la Comisión Ambiental Metropolitana - CAM Lima y el CONAM. Artículo 2º.- La Comisión Ambiental Municipal – San Luis, tendrá las siguientes funciones: 2.1 Funciones Generales a) Ser la instancia de coordinación y concertación de la política ambiental local para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental; b) Elaborar participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local; Descargado desde www.elperuano.com.pe