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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (13/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de junio de 2008 374009 4.5 Lo dispuesto en la presente Circular es de aplicación a las DUAs numeradas a partir de la vigencia del Decreto Legislativo Nº 1000. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA IYSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e)Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 212900-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban Políticas Catastrales del SNCP y Principios Catastrales RESOLUCIÓN Nº 01-2008-SNCP/CNC San Isidro, 10 de junio de 2003Visto, el Oficio Nº 013-2008-SNCP/ST, de fecha 29 de mayo de 2008, de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP, por el cual propone la publicación de las Políticas Catastrales del SNCP elaboradas por el equipo Técnico-Legal de la Secretaría Técnica del SNCP y aprobadas por los miembros del Consejo Nacional de Catastro en la tercera sesión realizada el 28 de mayo de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28294, se creó el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP, con la fi nalidad de regular la integración y unifi cación de los estándares, nomenclaturas y procesos técnicos de las diferentes entidades generadoras de catastro en el país; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º del inciso a) de la Ley Nº 28294, dispone que es función de la Secretaría Técnica del SNCP, proponer al Consejo Nacional de Catastro, la Política Nacional del Sistema y su vinculación con el Registro de Predios y ejecutarla una vez aprobada; Que, en el artículo 8º inciso a) de la Ley Nº 28294, señala como una de las funciones del Consejo Nacional de Catastro del SNCP, establecer la Política Nacional del Sistema y su vinculación al Registro de Predios; Que, asimismo el artículo 10º inciso a) del Reglamento de la Ley Nº 28294, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, dispone que la Secretaria Técnica del SNCP elaborará en coordinación con las entidades que conforman el Consejo Nacional de Catastro, el Plan Nacional de Catastro, el mismo que debe contener la política nacional del Sistema, considerando las características de apertura, desconcentración, dinamismo, normalización, estandarización de procedimiento de gestión y seguridad jurídica; Que, es necesario aprobar y ejecutar las Políticas Catastrales del SNCP como parte integrante del Plan Nacional de Catastro del SNCP conjuntamente con los Principios Catastrales; Que, en la sesión Nº 03 de fecha 28 de Mayo de 2008, el Consejo Nacional de Catastro del SNCP aprobó las Políticas Catastrales del SNCP en virtud a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 28294; Que, estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las siguientes 09 Políticas Catastrales del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP: Política 1: Generación del catastro nacional predial.1. Diseñar e implementar las metodologías para el levantamiento catastral nacional. 2. Establecer las especifi caciones técnicas para el levantamiento catastral nacional. 3. Elaborar los mecanismos que permitan obtener fi nanciamiento para la ejecución del levantamiento catastral nacional. 4. Establecer, difundir, monitorear y supervisar las metodologías para el levantamiento catastral nacional. Política 2: Mantenimiento y actualización del catastro nacional predial. 1. Diseñar e implementar las metodologías para el mantenimiento y actualización catastral nacional. 2. Establecer las especifi caciones técnicas para el mantenimiento y actualización catastral nacional. Política 3: Infraestructura informática y de datos del catastro nacional predial. 1. Diseñar e implementar la estructura de la base de datos catastral. 2. Establecer los estándares de la cartografía catastral. 3. Diseñar e implementar el sistema de información catastral. 4. Publicidad de la información catastral. Política 4: Integración e interconexión del catastro nacional predial. 1. Establecer mecanismos de interconexión que permitan la integración entre las entidades que integran el Sistema con el SNCP. 2. Establecer mecanismos que permitan brindar servicios en línea, es decir, modo de conexión, tratamiento de la documentación, contenido de la información y condiciones que deben cumplir los certifi cados digitales, entre otros. 3. Establecer e implementar mecanismos que permitan al Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, comunicar a las entidades que integran el Sistema, de los cambios que se generen en el tiempo. Política 5: Sostenibilidad del catastro nacional predial. 1. Recomendar las formas de fi nanciamiento de las entidades que integran el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, para una gestión efi ciente del territorio. 2. Recomendar a las entidades generadoras de catastro, el cumplimiento de las normas de fi nanciamiento vigente, para la sostenibilidad del catastro. 3. Proponer la normatividad que permita a los Gobiernos Regionales, fi nanciar proyectos de catastro predial. Política 6: Usos y Aplicaciones del catastro nacional predial. 1. Promover el uso del catastro como una herramienta de gestión, planifi cación y desarrollo territorial, jurídico, social, económico, político y otros. 2. Promover el uso del catastro multipropósito en los diferentes niveles de gobierno. 3. Uso de la información catastral como base de los sistemas de información territorial. Política 7: Promoción, difusión y capacitación del catastro nacional predial. 1. Promoción del uso de la información catastral en los diferentes sectores de la administración pública. 2. Difusión de las normas técnicas aprobadas por el Consejo Nacional de Catastro del SNCP para las entidades generadoras de catastro. 3. Establecer e implementar el plan de actividades de capacitación y asesoramiento en el levantamiento, mantenimiento y actualización del catastro nacional predial.Descargado desde www.elperuano.com.pe