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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (13/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de junio de 2008 374021 del Servicio de Administración Tributaria y el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 212380-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan celebración del Segundo Matrimonio Civil Masivo 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2008-DA/MDB Breña, 28 de mayo del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: Informe Nº 052 -2008-URC-SG/MDB, Pase del Despacho de Alcaldía. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, las municipalidades provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo dispone el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condición de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es política de la actual gestión, buscar el bienestar de la comunidad de Breña, promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a través de la unión legal de las parejas deseosas de contraer matrimonio y/o el permitir a aquellas otras parejas que así lo deseen, la regularización de su estado civil, para lo cual esta corporación ha previsto llevar adelante la celebración del “2do. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2008”; a realizarse el día 12 de Julio del presente año; considerándose las inscripciones desde el 04 de Junio al 10 de Julio del 2008, para lo cual se deberá contar con la participación de las diferentes Gerencias, Subgerencias y Unidades de la Municipalidad; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “2do. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2008 ”, con motivo de celebrar el 59º. Aniversario de la Creación Política del Distrito de Breña, para el día 12 de Julio del 2008, a las 06.00 p.m; para lo cual las inscripciones se realizarán desde el 04 de Junio hasta el 10 de Julio del 2008, en la Unidad de Registro Civil, ubicada en el Palacio Municipal de ésta Comuna. Artículo Segundo.- Establecer que los contrayentes abonaran la suma de S/. 60.00 ( Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Inscripción. Artículo Tercero.- CONSIDÉRESE como Requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este benefi cio, lo siguiente: - Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. - Copia fedateada del documento de identidad de ambos contrayentes. - Copia fedateada del documento de identidad de dos testigos no familiares. - Dos fotos actualizadas tamaño carné o pasaporte de cada contrayente- Copia fedateada de recibo de Luz o agua que pruebe el domicilio, uno de los contrayentes debe residir en Breña. - Examen Médico Prenupcial, que lo realizará la Unidad de Sanidad, costo: S/. 10.00 Nuevos Soles por pareja y/o realizado en una Posta Médica del Ministerio de Salud que incluya Consejería del SIDA. - Un Fólder Manila A-4.- Pago del Pliego Matrimonial: S/. 60.00 Nuevos Soles. Artículo Cuarto.- Dispensar la publicación de avisos en base a la facultad que confi ere el artículo 252º del Código Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la presentación de los demás documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano bajo responsabilidad. Artículo Sétimo.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Sub Gerencia de Logística y demás Órganos competentes prestar el apoyo correspondiente para el cumplimiento y éxito de la presente Disposición. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 211858-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Cronograma del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2008-MSB-A San Borja, 12 de junio de 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTO, el Memorando Nº 603-2007-MSB-GM de fecha 23.05.2008, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 303-2008-MSB-GAJ de fecha 21.05.2008 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 567-2008-MSB-GM de fecha 12.05.2008 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 025-2008-MSB-GPE de fecha 6.05.2008 de la Gerencia de Planifi cación Estratégica y el Informe Nº 021.2008-MSB-GPE de fecha 18.04.2008 de la Gerencia de Planifi cación Estratégica. CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica del Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056, en su artículo primero señala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Directoral Nº 21-2008-EF/76.01 aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2009, el cual tiene por objeto establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo, entre otros, en los Gobiernos Locales, en el Marco de la Ley del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 y su Reglamento. Asimismo establece un cronograma guía para la ejecución de actividades de las fases del proceso participativo.Descargado desde www.elperuano.com.pe