Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2008 (24/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 24 de junio de 2008

de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

216870-1

Designan Vocal Titular integrante de la MORDAZA Sala Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 196-2008-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 20 de junio del 2008 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 078-2008-CE-PJ, de fecha veintiseis de marzo del presente ano, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el Ingreso Nº 35610, de fecha 2 de junio del presente ano; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 078-2008CE-PJ, de fecha veintiseis de marzo del presente ano, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaro fundada la solicitud de traslado presentado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte de Justicia de Ancash; en consecuencia se dispuso su traslado de la Magistrada a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Lima. Que, por otro lado mediante Ingreso Nº 035610, de fecha 2 de junio del presente ano, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita licencia por motivo de Salud, a partir del 26 de MORDAZA al 24 de junio del presente ano, siendo procedente dicho pedido. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR a la doctora: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal Titular integrante de la MORDAZA Sala Contencioso Administrativo, a partir del 24 de junio del presente ano, en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA Hasembank MORDAZA, quien debera retornar a su Juzgado de origen y en adicion a sus funciones, continuar interviniendo en los procesos que mantiene pendientes, hasta su culminacion; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: MORDAZA Sala Contencioso Administrativo: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. EMILSE MORDAZA NIQUEN MORDAZA (T) (T) (T)

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 347-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 13 de junio del 2008. VISTOS:

El Informe Nº 000354-2008/SGGTRC/GRC/RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles y el Informe Nº000400-2008/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; asi como, el Registro de Estado Civil; Que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se inscribio ante el Registro Electoral del Peru de La MORDAZA en la Provincia de MORDAZA el 26 de noviembre de 1984 obteniendo la inscripcion N°17995298, del Libro N°089977; renovando el 04 de octubre del 2000, la Libreta Electoral Manual Nº17995298 por el Documento Nacional de Identidad; Que, con fecha 14 de noviembre del 2005 el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ynca, declaro el fallecimiento de MORDAZA Ynca MORDAZA inscribiendose, el hecho MORDAZA, en el Acta N°00918106 del Libro de Defunciones que obra en la Oficina de Registro de Estado Civil del Distrito de La MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de La Libertad; cuyo vinculo del declarante es la de hijo de la titular del acta aportando como sustento, al Registro Civil, el certificado de defuncion suscrito por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Colegiatura N°45538 del CMP, senalando como causa de la muerte, cancer al cuello uterino y la fecha del fallecimiento el 13 de noviembre del 2005; Que, el 3 de enero del 2006 la Sub Gerencia de Depuracion y Archivo Registral (actualmente Sub Gerencia de Depuracion de Identificacion) cancelo, por fallecimiento, la inscripcion N°17995298 de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en merito al acta de defuncion N°00918106, del Registro de Estado Civil del Distrito de la MORDAZA, Provincia de Trujillo; Que, con fecha 28 de junio del 2006 y luego de efectuado el analisis tecnico respectivo se determino, en el Informe de Homologacion Monodactilar N°569-2006/ AP/SGDAR/GP que las imagenes (huellas, foto y firma) correspondian a la ciudadana de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la misma que a la fecha de la expedicion del Informe se encontraba con MORDAZA, de acuerdo a la prueba decadactilar y formato de habilitacion correspondiente; Que, de la evaluacion de la documentacion obrante en el expediente se desprende que MORDAZA MORDAZA MORDAZA YNCA, al declarar el fallecimiento de MORDAZA YNCA MORDAZA se valio del Certificado de Defuncion extendido por la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectuando una inscripcion ilegal de defuncion, que al contener MORDAZA falso ocasiona perjuicio al trafico juridico de los documentos que establecen o modifican el estado civil de las personas, cuya salvaguarda es competencia constitucional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, RENIEC; Que, a traves de la Resolucion Regional N°549-2008JR2TRU/GOR/RENIEC, del 27 de MORDAZA el 2008, la Jefatura Regional MORDAZA dispuso la cancelacion del Acta de Defuncion

Articulo Segundo: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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