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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (27/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de junio de 2008 374962 Artículo 5°.- Organizaciones de la Sociedad Civil Son organizaciones representativas de la sociedad civil las personas jurídicas que agrupan a los vecinos del distrito y están inscritas en los Registros Públicos o en el Registro de Organizaciones Vecinales de la Municipalidad de Santa María del Mar. Artículo 6°.- Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil. Al realizarse la inscripción de los representantes, se consignará el nombre de la organización, tipo de organización, número de asociados a la organización, fecha de inscripción en el registro respectivo, identifi cación y cargo del representante. Si la institución u organización social no se encontrase inscrita, deberá apersonarse a la Secretaría del Alcaldía para ser incluida en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, procederá su participación teniendo en cuenta los requisitos establecidos. La información proporcionada por los Agentes Participantes estará sujeta a fi scalización posterior, según lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 7°.- Acreditación de Representantes de la Sociedad Civil. Las entidades de la Sociedad Civil pueden inscribir un representante para que intervenga en su representación en el proceso de formulación y aprobación del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009. La persona designada como representante debe cumplir los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad (DNI) b) Acreditar que pertenece a una organización social inscrita en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de Santa María del Mar o en los Registros Públicos. c) Documentos que acrediten su designación.d) Presentar una declaración jurada de carecer de antecedentes penales y policiales. Artículo 8°.- Responsabilidad de los Agentes Participantes. Son responsabilidades de los Agentes Participantes las siguientes: a) Asistir a los cursos de capacitación promovidos y organizados por la Municipalidad referidos al proceso participativo. b) Asistir puntualmente y participar responsablemente en los talleres de trabajo. c) Contribuir con opiniones y aportes según metodología aplicada a la formulación de proyectos de inversión. d) Votar responsablemente por la determinación de proyectos prioritarios, planteados en el proceso. e) Asumir compromisos relacionados a la ejecución de actividades y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida en el distrito. f) Suscribir el acta de acuerdos y compromisos, en la cual se recopilan las propuestas deliberadas y aprobadas en los talleres. Artículo 9°.- Capacitación de Agentes Participantes El equipo técnico realizará talleres informativos de acuerdo al cronograma contenido en el artículo 13º de esta ordenanza. Los talleres informativos tienen como objetivo la difusión de los temas relacionados al presupuesto participativo, a los objetivos institucionales y su escala de prioridades. Artículo 10°.- Equipo Técnico. Son integrantes del Equipo Técnico: - El Gerente Municipal; quien lo Preside - El Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto - El Asesor de la Jefatura de Desarrollo Urbano.Artículo 11°.- Funciones del Equipo Técnico. Son funciones del Equipo Técnico: a) Preparar y suministrar información precedente a la convocatoria a los talleres de trabajo. b) Asesorar durante el desarrollo de los talleres de trabajo, para la formulación del presupuesto participativo. c) Evaluar técnicamente los criterios de priorización de las acciones resultantes de los talleres de trabajo. CAPÍTULO IV DE LA CONVOCATORIA Artículo 12°.- La Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, con la participación del Consejo de Coordinación Local y a través de la Gerencia Municipal, procederá a convocar a la sociedad civil a participar en el proceso, utilizando los medios de comunicación correspondientes; asimismo procederá a cursar invitaciones a las instituciones u organizaciones sociales inscritas en el Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil. CAPÍTULO V DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 13°.- El proceso de programación del Presupuesto Participativo 2009 se desarrolla según el cronograma siguiente: CRONOGRAMA DE ACCIONES ACCIONESAGOSTO 2008SETIEMBRE 2008FECHAS 1. – Convocatoria X 01 2.– Identifi cación y Registro de Agentes Participantes X 07-11 3. - Capacitación de Agentes ParticipantesX 14-18 4. – Talleres de trabajo X 19-29 5. – Evaluación técnica X 01-12 6.- Formalización de Acuerdos X1 5 7. – Elección del Comité de Vigilancia X1 5 8. – Aprobación fi nal CCL - Presupuesto Participativo 2008 X1 5 9. – Publicación de acuerdos X 18-22 Artículo 14°.- Evaluación Técnica El Equipo Técnico es el encargado de evaluar la viabilidad de los proyectos de inversión y proporcionar los costos estimados de los mismos, que servirán como criterios a utilizar para la priorización de dichos proyectos. Artículo 15°.- De la Formalización de Acuerdos En el segundo taller se procederá como sigue: a) se presentará la evaluación y el desarrollo técnico fi nanciero de las propuestas para su análisis y aprobación b) se elaborará el listado del orden de prioridades de los proyectos a ejecutar, los que serán considerados en el marco del presupuesto participativo. c) se presentará el trabajo realizado por los Agentes Participantes en los talleres y d) se formalizarán los acuerdos mediante la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO VI DE LA APROBACIÓN, PUBLICACIÓN Y REMISIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 16°.- De la Aprobación El equipo técnico elaborará el documento de presupuesto participativo para el Año Fiscal 2009, el cual Descargado desde www.elperuano.com.pe