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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de junio de 2008 374963 contendrá los acuerdos del proceso, para su aprobación por el Concejo de Coordinación Local Distrital. Artículo 17°.- De la Publicación y la Remisión Una vez aprobado, el proyecto de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 se publicará a través de los medios de comunicación, para conocimiento de la comunidad. La difusión del cumplimiento del proceso se realizará a través del registro de la información en el aplicativo web del MEF, de acuerdo a las instrucciones de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, se remitirá el documento de Presupuesto Participativo, el Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Proyecto de Presupuesto Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en la fecha que se establezca oportunamente. CAPÍTULO VII DE LA VIGILANCIA SOCIAL EN EL PROCESO Artículo 18°.- Del Comité de Vigilancia y Control El Comité de Vigilancia está conformado por cuatro miembros elegidos entre los representantes de la Sociedad Civil inscritos e integrantes de los Agentes Participantes. Corresponde al Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo: a) vigilar el desarrollo de las etapas del proceso conforme a los principios establecidos en el Instructivo N° 002-2008-EF/76.01, b) vigilar el cumplimiento de los acuerdos concertados. c) informar al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre las acciones desarrolladas y los resultados obtenidos. DISPOSICION FINAL Única.- Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Equipo Técnico, con arreglo al Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01. POR TANTO La promulgo en Santa María del Mar a los..13. días del mes de junio del 2008. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 218101-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000026 Callao, 18 de junio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 18 de junio de 2008; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal:CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en los artículos 194 y 195 inciso 8 que otorga a las municipalidades autonomía política, económica y administrativa y competencia para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente, conforme a ley. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 en el artículo 9 inciso 8 señala que el Concejo Municipal, tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el artículo 46 la capacidad sancionadora municipal pudiéndose aplicar las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras; asimismo en el artículo 73 inciso 3 numeral 3.1 enuncia las competencias y funciones específi cas de los gobiernos locales en el rubro de protección y conservación del ambiente el rol de las municipalidades provinciales comprende la de formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales y en el artículo 80 inciso 1 numeral 1.1 establece que corresponde a las municipalidades provinciales regular y controlar el proceso de disposición fi nal de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial; Que, la Ley General de Residuos Sólidos N° 27314, en el artículo 1, que establece obligaciones y derechos, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales, protección de la salud y el bienestar de la persona humana artículo 9 inciso 2 que señala a las municipalidades provinciales como obligadas a regular y fi scalizar el manejo y la prestación de los servicios de residuos sólidos de su jurisdicción, artículos 47 y 48 las medidas de seguridad que podrán imponerse cuando las operaciones y procesos empleados durante el manejo de residuos sólidos representen riesgos signifi cativos para la salud de las personas o el ambiente siendo de ejecución inmediata por parte de las autoridades sectoriales y municipales en el ámbito de sus competencias sin perjuicio de las sanciones que correspondan adicionales a las acciones constitucionales, civiles o penales a que hubiere lugar; Que, la Resolución Presidencial N° 093-2008-CONAM/ PCD de fecha 12 de mayo del 2008 el Consejo Nacional del Ambiente resolvió en sus artículos 1 y 2, declarar Emergencia Ambiental en la zona de vertimiento de aguas servidas del Interceptor Norte ubicada en Taboada, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, por un plazo de noventa (90) días, aprobándose el Plan de Acción Inmediata y de Corto Plazo para la recuperación de la zona en mención; Que, el Concejo Provincial del Callao mediante Ordenanza Municipal N° 000010 de fecha 24 de febrero del 2007 aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad prevé sanciones en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, Código 03, Protección General del Medio Ambiente, Cuadro de Infracciones y Sanciones en el Código N° 03 Protección General del Medio Ambiente; Que, en la sesión de la fecha el Concejo Provincial del Callao aprobó el Acuerdo de Concejo N° 000130 en virtud del cual se aprueba la modifi cación de del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Provincial del Callao (RAS), aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000010-2007, en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, Código 03, Protección General del Medio Ambiente, nuevos textos normativos en los códigos que a continuación se detalla: Código 03-004: Código 03-012: Código 03-038 y dispone la derogación del Código 03-44. Estando a lo expuesto en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:Descargado desde www.elperuano.com.pe