Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2008 (27/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 27 de junio de 2008

economico de cada region para asegurar el desarrollo sostenible de las areas urbanas y rurales...; - Que, segun lo informado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Esquema de Financiamiento del Proyecto cuenta con la conformidad del flujo sustentado a futuro, que observa la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica y del Sistema Nacional de Endeudamiento, resultando procedente su autorizacion segun lo opinado por la Direccion Regional de Asesoria Juridica; - Que, resulta necesario aprobar el Proyecto y Programas de Inversion Publica y las operaciones de endeudamiento interno y externo del Gobierno Regional de MORDAZA que soportan financieramente los mismos, asi como autorizar al Presidente Regional, a realizar todas las acciones que MORDAZA necesarias para que se concrete exitosamente los Convenios de Prestamo con el JBIC; asi como con la Banca privada o Estatal, autorizandolo a suscribir en nombre del Gobierno Regional los documentos de gestion, asi como los contratos que MORDAZA necesarios, segun sea el caso. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero: APROBAR los programas/proyecto de Inversion Publica que a continuacion se detallan: - Programa de Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las Principales Ciudades de MORDAZA ­ I Etapa. - Programa Regional de Electrificacion Rural ­ PAFE III Etapa. - Redimensionamiento del Hospital Regional de Cajamarca. Segundo: APROBAR las Operaciones de Endeudamiento externo del Gobierno Regional de MORDAZA hasta el monto de Doscientos Treinta y Siete Millones Ciento Treinta y Tres Mil Quinientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/.237,133,559.00), o su equivalente en Yenes de acuerdo al MORDAZA de cambio considerado en las estructuras financieras de las minutas de discusion de prestamo de los programas de "Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las Principales Ciudades del Departamento de MORDAZA - I Etapa" y "Electrificacion Rural MORDAZA - PAFE- III Etapa. Tercero: APROBAR la Operacion de Endeudamiento Interno del Gobierno Regional de MORDAZA hasta el monto de Sesenta y Seis Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/ 66,000,000.00), para la ejecucion del proyecto Redimensionamiento del Hospital Regional de MORDAZA, considerado en el informe de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Cuarto: AUTORIZAR, al senor Presidente Regional, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas, para que en nombre y representacion del Gobierno Regional MORDAZA y de acuerdo a ley, realice las acciones necesarias para la concertacion de la operacion de endeudamiento externo e interno, con el Banco de Cooperacion Internacional de Japon, para el financiamiento de los Programas: "MEJORAMIENTO YAMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LAS PRINCIPALES CIUDADES DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA - I ETAPA" y "ELECTRIFICACION RURAL CAJAMARCAPROGRAMA PAFE- III ETAPA", en concordancia con las Minutas de Discusion de Prestamo suscritas entre funcionarios de la Republica del Peru y representantes del Japan Bank Internacional Coorporation and the Republic of Peru, suscritas el 8 de febrero del ano 2008; asi como con los representantes legales de la Banca Privada o

Estatal, para el endeudamiento interno, que permita la ejecucion del Proyecto "REDIMENSIONAMIENTO DEL HOSPITAL DE CAJAMARCA". Quinto: AUTORIZAR al Presidente Regional a suscribir los documentos de gestion internos o interinstitucionales, que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno Regional MORDAZA, que permitan obtener el financiamiento integral para la ejecucion de los Programas y Proyectos referidos en el Articulo Primero del presente Acuerdo Regional, asi como para la ejecucion de los mismos. Sexto: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Presidente Consejo Regional 218025-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Regulan el MORDAZA de presupuesto participativo en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 169 Chaclacayo, 21 de junio del 2008 VISTO: En Sesion de Concejo de la fecha el Dictamen Nº 001 -2008-CAPP/MDCH de la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto del Concejo Municipal del Distrito de Chaclacayo; y; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 31º, de la Constitucion Politica del Peru, precisa que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdiccion; Que, los numerales 1 y 2 del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de servicios publicos, siendo competentes para aprobar su organizacion interna, su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo con la Sociedad Civil; Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que los Gobiernos Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad y conforme a Ley; Que, la Ley Nº 26300, Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, en su Articulo 2° sobre Derechos de Participacion de los Ciudadanos, establece los mecanismos de participacion ciudadana en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y, en su Articulo 3° regula los Derechos de Control Ciudadanos; Que, segun lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del articulo 17º, de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana, en la formulacion, debate y concertacion de sus planes y presupuestos debiendo garantizar el acceso a todos los ciudadanos a la informacion publica, asi como la conformidad y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta,

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