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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (27/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de junio de 2008 374964 ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Modifícase el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) , en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Código N° 03-004 con el siguiente texto estableciéndose como infracción: “Por arrojar residuos sólidos de cualquier origen y naturaleza, maleza o desmonte en la vía pública y/o en otros lugares no autorizados por la Municipalidad (parques, jardines, zonas marino costeras, riberas de los ríos, entre otros) y/o sin cumplir con las normas técnicas sanitarias vigentes, en triciclos, camiones u otros”; disponiéndose el decomiso / retención / internamiento del vehículo, como medidas complementarias, según el caso y sin perjuicio de la sanción correspondiente, según cuadro adjunto. Artículo 2º.- Modifícase el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS), en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Código N° 03-012 con el siguiente texto estableciéndose como infracción: “Por transportar en vehículos mayores o menores residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, desmontes y/o maleza u otros (para su disposición fi nal o reaprovechamiento) sin la autorización de la Municipalidad Provincial del Callao”; disponiéndose el “decomiso / retención / internamiento del vehículo” como medidas complementarias, según el caso y sin perjuicio de la sanción correspondiente, según cuadro adjunto. Artículo 3.- Modifícase el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) , en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Código N° 03-038 con el siguiente texto, estableciéndose como infracción: “Por almacenamiento y/o tratamiento de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos sin autorización o sin cumplir con las normas técnicas sanitarias vigentes”; disponiéndose el “decomiso / retención / clausura provisional o defi nitiva” como medidas complementarias, según el caso y sin perjuicio de la sanción correspondiente, según cuadro adjunto. Artículo 4.- Derógase del Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS), en el Cuadro de Infracciones y Sanciones el Código N° 03-044. Artículo 5.- Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Protección del Medio Ambiente, Gerencia General de Transporte Urbano; y, Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN FINAL Primera.- En cumplimiento de lo dispuesto se coordinará con la Gerencia General de Transporte Urbano el apoyo de la fuerza policial y unidades necesarias. Segunda.- Apruébese el cuadro modifi catorio de aplicación de sanciones adjunto a la presente ordenanza (anexo 1) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde CUADRO DE APLICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES CÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INRACCIÓNCATEGORÍAS (%) UITSANCIÓN COMPLEMENTARIA I II III IV V 03-004 Por arrojar residuos sólidos de cualquier origen y naturaleza, maleza o desmonte en la vía pública y/o en otros lugares no autorizados por la Municipalidad (parques, jardines, zonas marino costeras, riberas de los ríos, entre otros) y/o sin cumplir con las normas técnicas sanitarias vigentes, en triciclos, camiones u otros.20 60 100 150 300 Decomiso / retención / internamiento del vehículo.CÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INRACCIÓNCATEGORÍAS (%) UITSANCIÓN COMPLEMENTARIA I II III IV V 03-012 Por transportar en vehículos mayores o menores residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, desmontes y/o maleza u otros (para su disposición fi nal o reaprovechamiento) sin la autorización de la Municipalidad Provincial del Callao.15 60 150 200 300 Decomiso / retención internamiento del vehículo. 03-038 Por almacenamiento y/o tratamiento de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos sin autorización o sin cumplir con las normas técnicas sanitarias vigentes.20 60 100 150 300 Decomiso / retención / Clausura temporal o defi nitiva. 03-044 DEROGADO 218476-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Autorizan la participación de representante de la Municipalidad en remate público convocado por la Ejecutoría Coactiva del Municipio ACUERDO DE CONCEJO Nº 053-2008-MDCH Chancay, 22 de mayo del 2008EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 22 de mayo del 2008, el pedido del señor Alcalde Juan Alberto Álvarez Andrade mediante el cual solicita la autorización del Concejo para participar en representación de la Municipalidad Distrital de Chancay como postor en el tercer remate público convocado por la Ejecutoría Coactiva de nuestra corporación edil en el Expediente Nº 018-2007-TV, pagando el oblaje equivalente al 10% de la base del remate si fuere necesario; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son Órganos de Gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, la ejecutoría coactiva de nuestra corporación edil al amparo de las disposiciones contenidas en la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979 y sus modifi catorias, mediante Expediente Nº 018-2007- TV viene realizando la cobranza coactiva de los adeudos tributarios por concepto de impuesto predial de los años 1995 a 2006 de la sociedad conyugal formada por Aurelio Costa Vaccer casado con doña Esther del Alcázar Gila de Costa, y de la Sociedad conyugal formada por don Teófi lo R. Fiege Schneider casado con doña María Cristina Rodríguez Caballero, impuesto que corresponde al predio de su propiedad inscrito en la Partida Nº 08002835 Tomo 24 Fojas 83 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Huaral; Que, en el marco del expediente coactivo antes señalado y al no haber cumplido los deudores tributarios con cancelar sus adeudos pese a haber sido requeridos formalmente con tal fi n, el ejecutor coactivo de nuestra corporación edil, en vía de ejecución forzada, ha trabado embargo en forma de inscripción hasta por un monto de s/. 101,750.76 (Ciento un mil setecientos cincuenta con Descargado desde www.elperuano.com.pe