Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (27/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de junio de 2008 374961 concertación, control, evaluación y rendición de cuentas y vigilancia; Que, el artículo 53° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El artículo 97°, de la misma ley, indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, la Ley N° 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”, establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, el mismo que establece los objetivos del Presupuesto Participativo; y, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo”; Que, es política de la actual gestión municipal, que las organizaciones participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a través de diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base social, siendo uno de los procesos vitales el del Presupuesto Participativo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el proceso de Presupuesto Participativo 2009 en el distrito de Chaclacayo el mismo que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social y Humano y demás unidades orgánicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 146-MDCH, así como cualquier otra norma o disposición que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- En los aspectos no previstos en la presente Ordenanza se aplicará supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056, Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, normas señaladas en la base legal del artículo 2º del reglamento y demás normas que emita el Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto corresponda. Artículo Sexto.- Encargar Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación del texto completo del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2009 en la página web de la Municipalidad (www.munichaclacayo.gob.pe) Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Registrese, comuniquese y cumplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 218076-1MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Reglamentan el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo de Santa María del Mar Año Fiscal 2009 ORDENANZA MUNICIPAL N° 104 EL ALCALDE DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: En sesión ordinaria celebrada el 13 de junio del 2008, el Concejo Distrital de Santa María del Mar ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE SANTA MARIA DEL MAR AÑO FISCAL 2009 CAPÍTULO I. BASE LEGAL Artículo 1°.- El presente Reglamento tiene como base legal: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modifi catorias. c) Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modifi catorias. d) Ley Nº 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo y modifi catorias. e) Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo. f) Ley Nº 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modifi catorias. g) Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES Artículo 2°.- Objetivo La presente ordenanza tiene como objetivo reglamentar el proceso de programación del presupuesto participativo de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. Artículo 3°.- Finalidad La fi nalidad de esta ordenanza es promover la participación ciudadana en la formulación, gestión y evaluación del Presupuesto de Inversiones, estableciendo la prioridad de las obras que se ejecutaran en el Año Fiscal 2009. CAPÍTULO III DEL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 4° Agentes Participantes Son Agentes Participantes, que intervienen con voz y voto en la discusión y la toma de decisiones en el proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009: a) El Alcalde. b) Los Regidores del Concejo Municipal. c) Los Representantes de la Sociedad Civil acreditados conforme establece el artículo 5º de este reglamento. d) Los integrantes del equipo técnico. e) El Gobernador del Distrito. f) El Comisario de la Comisaría de la PNP del Distrito.Descargado desde www.elperuano.com.pe