Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del sector publico; asi como las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28968 y 29053, establecen que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Indica ademas, en el inc. g) del articulo 9º que los Gobiernos Regionales son competentes para: Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente; asimismo, el articulo 53º, senala como funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 05-2004PCM, "Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos" - Ley Nº 27314, asegura que la gestion y manejo de los residuos solidos MORDAZA apropiados para evitar riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28245 ­ Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, senala que se busca asegurar el mas eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades publicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestion ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM y a las entidades sectoriales regionales y locales en el ejercicio de las actividades ambientales, a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacios o conflictos; ademas en el articulo 2º manifiesta que el Sistema Nacional de gestion Ambiental se constituye sobre las bases de las instituciones publicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre ambiente y los recursos naturales, asi como por los sistemas regionales y locales de gestion ambiental, contando con la participacion del sector privado y sociedad civil. El ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las instituciones publicas se organiza bajo el sistema nacional de gestion ambiental y la direccion de su ente rector; Que, la Ordenanza Regional Nº 003-2004-REGION ANCASH-CR, Aprueba el Plan de Accion Ambiental al 2010 y la Agenda Ambiental Regional 2004-2005, como parte de una estrategia del lineamiento de politica al 2010 (promover y supervisar el manejo adecuado e integral de residuos solidos y aguas residuales); Por cuanto, se busca establecer instrumentos normativos que permitan regular y controlar la disposicion final de los residuos solidos y aguas residuales con el objeto de garantizar la salud y la MORDAZA del ser humano, la MORDAZA y la fauna en nuestra region; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demas normas pertinentes; y, estando a lo acordado por mayoria en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 13 de diciembre de 2007; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el "Plan Regional de Manejo Integral de Residuos Solidos 2008-2010",

el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre de 2007. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre de 2007. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 174348-1

Declaran en emergencia, de necesidad publica y prioritaria a nivel regional la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Rio MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2007-REGION ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la Region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, en el articulo 66º de la Constitucion Politica del Peru, menciona que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nacion, en tal sentido su aprovechamiento por pertenecer al conjunto del MORDAZA debe ser preservado y utilizado racionalmente para beneficio de las generaciones presentes y futuras, y como recursos que sirva para el progreso de la Nacion en su conjunto; Que, el articulo 67º de la Constitucion Politica del Peru, establece que el Estado determina la politica nacional del medio ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; por consiguiente, los recursos naturales no deben ser destruidos o desbastados a punto de degradarlo, contaminarlo y ponerlo a un estado de rio muerto, lo que debemos proponernos, es buscar una relacion entre la naturaleza y las MORDAZA de reproduccion de la MORDAZA, tanto animal como vegetal, que no alteren la salud humana ni la existencia del recurso natural, asumiendo de esta manera de forma plena la responsabilidad de garantizar el derecho de las generaciones futuras a un MORDAZA igualmente equilibrado y adecuado; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, en el articulo 6º, estipula como objetivos a nivel ambiental, que son el ordenamiento y del entorno ambiental desde los enfoques de sostenibilidad del desarrollo, asi como la gestion sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental, procurando la coordinacion y concentracion interinstitucional y

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