Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

368646

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

participacion ciudadana de todos los Sistemas Nacionales de Gestion Ambiental. En el articulo 36º lo relacionado a competencias compartidas en el inciso d) menciona sobre la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como uno de sus principios rectores de las politicas y la gestion regional es la sostenibilidad, donde la gestion regional se caracteriza por la busqueda del equilibrio intergeneracional en el uso racional de los recursos naturales, para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la proteccion de la biodiversidad; Que, el articulo 53º de la Ley en mencion, establece como funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales, de igual manera implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales; Que, segun la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28612 en su articulo 52º menciona que son los Gobiernos Regionales con actuacion y atribuciones determinados por mandato legal especifico y que el diseno y aplicacion de politicas, normas e instrumentos de gestion ambiental de nivel regional deben tener en cuenta los mandatos y responsabilidades sancionados por esa Ley. Que, las coordinaciones y concertaciones en la gestion deben permitir integrar a las entidades publicas y privadas que desempenen funciones ambientales y que inciden en la calidad del medio ambiente, segun lo dispuesto por el Titulo II de la presente Ley. De otro lado, precisa el caracter irrenunciable del derecho de las personas a un ambiente saludable, adecuado y equilibrado para el pleno desarrollo de la MORDAZA y del deber de todos, de contribuir a una efectiva gestion ambiental, a la conservacion de las diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais; Que, segun la Ley General de Aguas, Ley Nº 17752, en el articulo 22º menciona que esta prohibido verter o emitir cualquier residuo solido, liquido y gaseoso, que pueda contaminar las aguas, causando danos o poniendo en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la MORDAZA o fauna, o comprometiendo su empleo para otros usos. Podran descargarse unicamente cuando: a.- MORDAZA sometidos a los necesarios tratamientos previos; b.- Se compruebe que las condiciones del receptor permitan los procesos naturales de purificacion; c.- Se compruebe que con su lanzamiento submarino no se causara perjuicio a otro uso; y, d.- En otros casos que autorice el Reglamento. Que, la Ley General de Ambiente, en los articulos 85º y 90º, sanciona como patrimonio de la Nacion a los Recursos Naturales; y, al Estado con la obligacion de adoptar y aplicar medidas para controlar los factores de riesgo que los amenacen y establecer medidas para la prevencion de lo que pueden generarse. Que, el Estado promueve y controla el aprovechamiento de la aguas a traves de la gestion integrada del recurso hidrico, previniendo la afectacion de su calidad ambiental y, de las condiciones naturales de su entorno como parte del ecosistema donde se encuentra; Que, segun la Ordenanza Regional Nº 014-2004REGION ANCASH/CR, en el articulo 1º aprueba la Vision y Lineamientos de Politica para la Gestion Integral de Recurso Hidrico en la Region MORDAZA, que consta de veinte principios fundamentales, los mismos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Ademas, en el articulo MORDAZA encarga el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional al Presidente del Gobierno Regional y al Gerente de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; Que, el ano 2005 se llevo a cabo el Foro "Lineamientos del Plan Maestro de Gestion Integral y Sostenible de la MORDAZA del Santa", como un espacio de debate de esta

problematica y de diseno concertado de propuestas para la Gestion Integral de la MORDAZA del MORDAZA, acordando 9 propuestas, de los cuales cabe resaltar la propuesta 2 "Diseno Concertado del Plan Maestro de Gestion" y que debe ser con la activa participacion de los actores de la MORDAZA y considerar los siguientes contenidos minimos: - Plan de Recuperacion del Balance Hidrico y de incremento de la cosecha anual del agua (lagunas, embalses, etc.) y mejoramiento de los sistemas de riego y drenaje. - La construccion de las Represas de Requeta, Kerococha y Conococha para incrementar la cosecha anual del agua. - Plan de recuperacion de la calidad de agua con tratamiento de las aguas residuales domesticas y los residuos solidos. - Plan de promocion del uso racional del agua de riego MORDAZA y de tecnologia adecuada (riego por goteo y presurizado). - Plan de fortalecimiento institucional de la Administracion de los Distritos de Riego y las Juntas de Usuarios de Agua. - Plan de forestacion y conservacion de suelos. - Recuperacion de las defensas riberenas MORDAZA y otros. Que, dentro de este contexto debe considerarse que la MORDAZA del Rio MORDAZA es el mas emblematico de la Region MORDAZA, por la abundancia de sus recursos hidricos, con el cual se desarrolla MORDAZA proyectos agroindustriales de exportacion como Chavimochic y Chinecas, con un creciente flujo de turistas y atraidos por la belleza del paisaje y la imponencia de sus montanas; y, ademas es el mayor generador energetico de la Region. Sin embargo, desde mas de 50 anos esta sufriendo un desordenado e irresponsable manejo de sus recursos naturales, lo que ya ha originado pasivos ambientales principalmente mineros y la perdida de la calidad de agua por los residuos solidos y el vertido de aguas residuales directamente de las ciudades del Callejon de Huaylas, generando problemas en la salud publica y restando competitividad a nuestra produccion agropecuaria, situacion critica y de riesgo inminente para la conservacion integral de la cuenca; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demas normas pertinentes, y de conformidad con el Dictamen Nº 003-2007-GRA/CDE. de la Comision de Desarrollo Economico del Consejo Regional de Ancash; y, estando a lo acordado por mayoria en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 13 de diciembre de 2007; ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR en emergencia, de necesidad publica y prioritaria a nivel regional la RECUPERACION AMBIENTAL DE LA MORDAZA DEL RIO MORDAZA en su ambito, desde su naciente en la MORDAZA de Concocha, sus afluentes, hasta su desembocadura al MORDAZA MORDAZA en la Provincia del Santa. Articulo Segundo.- CONFORMESE el Equipo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Rio MORDAZA, con el proposito de que este plantee soluciones politicas, normativas, tecnicas, financieras, administrativas; orientadas a la recuperacion ambiental de la MORDAZA del Santa. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA, conformar y presidir el Equipo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Rio Santa. El Equipo Tecnico Especializado del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA para la Recuperacion Ambiental de la MORDAZA del Rio MORDAZA, estara integrado por un representante de las siguientes instituciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.