Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 2

369525

MODELO DE BASES ADMINISTRATIVAS "VENTA DE BIENES MUEBLES DADOS DE BAJA EN VIRTUD DEL DECRETO SUPREMO N° 009-2008-VIVIENDA" (NOMBRE DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA)
I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para llevar a cabo la venta por subasta publica o venta directa de los bienes muebles dados de baja, procedimiento autorizado por Resolucion N° -----/2008/---------, de fecha --- de ---------- de 2008, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Decreto Supremo N° 009-2008/VIVIENDA. II. EXHIBICION DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La exhibicion de los lotes a venderse se realizara: · · · · Dias Horario de atencion Local Direccion : ........................................... : ............................................ : ........................................... : ...........................................

III. ACTO DE VENTA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La venta de los lotes se realizara: a. Dia b. Inicio del acto c. Local d. Direccion : ...................................................... : ....................................................... : ....................................................... : .......................................................

IV. RELACION, CARACTERISTICAS Y PRECIO BASE DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La relacion, caracteristicas y precio base de los lotes de bienes muebles objeto de venta estan senalados en el Anexo A: "Lotes de bienes muebles a venderse". V. MODALIDAD PARA LA OFERTA La venta de los lotes de bienes muebles se realizara "COMO ESTEN Y DONDE SE ENCUENTREN", mediante la modalidad de "SOBRE CERRADO Y A VIVA VOZ ". VI. LOS PARTICIPANTES 1. Estan prohibidos de participar como postores en la venta, directa o indirectamente o por persona interpuesta, aquellos funcionarios y servidores publicos a los que se refiere, en cada caso, los articulos 1366°, 1367° y 1368° del Codigo Civil. 2. Los actos administrativos que contravengan lo descrito en el numeral anterior son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. 3. Participaran en el acto de venta las personas naturales y/o juridicas que hayan adquirido las Bases Administrativas, pudiendo ingresar al local dos personas por base comprada, previa MORDAZA de la boleta de venta o factura, segun corresponda, emitida por la Oficina de Tesoreria de la entidad organizadora. 4. Las personas naturales se identificaran con su D.N.I. u otro documento de identidad. Para el caso de personas juridicas, estas intervendran a traves de su representante legal, el cual debera presentar la escritura de constitucion de la persona juridica y los respectivos poderes vigentes y debidamente inscritos en los Registros Publicos. 5. El postor que obtenga la buena pro debera presentar en el acto de venta la Declaracion Jurada de no estar impedido de adquirir bienes de propiedad del Estado, debidamente llenada cuyo formato se muestra en el Anexo B: "Declaracion Jurada". Cualquier MORDAZA de desavenencias y/o inconvenientes que se presenten sobre el particular, seran resueltos por la Mesa Directiva, siendo inobjetable la decision tomada. VII. VENTA Y ADJUDICACION DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES 1. Las ofertas son individuales por cada lote, no se permitira el desorden o acuerdo entre los postores durante

la venta, los que de ocurrir seran motivos para la suspension temporal o definitiva del remate y de ser el caso el retiro de aquellas personas que lo ocasionen o participen de ello. 2. Las ofertas y el pago por los lotes vendidos seran realizados en Nuevos Soles. 3. Las ofertas que se realicen bajo la modalidad de sobre cerrado se efectuaran por cada lote, debiendose consignar el numero de lote a adjudicarse, el monto ofertado, el nombre o razon social del postor, su documento de identidad y la documentacion exigida para poder participar como tal. 4. MORDAZA de iniciar la venta de cada lote, el Martillero Publico o el jefe de la unidad organica responsable del Control Patrimonial solicitara las ofertas en "sobre cerrado", las mismas que deben ser presentadas de acuerdo al Anexo C: "Oferta: Modalidad Sobre Cerrado", en la cual el postor debera acompanar, como minimo, el 20% en efectivo de la cantidad ofertada, siendo invalidas las ofertas que no cumplan dicho requisito. Luego se procedera al remate mediante ofertas "a viva voz" con todos los postores, incluyendo a los postores que presentaron su oferta en "sobre cerrado". El postor debera expresar claramente la cantidad a ofertar; caso contrario, no sera tomada en cuenta su oferta. 5. Terminada la venta del lote "a viva voz", se procedera a abrir los sobres, resultando adjudicatario el postor que MORDAZA ofertado el monto mas alto entre las dos modalidades. Si resultara ganador quien oferto "a viva voz" debera abonar en efectivo como minimo el 20% del valor ofertado. 6. En caso de producirse igualdad entre el monto ofertado en "sobre cerrado" y el monto ofertado "a viva voz", se procedera a solicitar a MORDAZA partes que oferten "a viva voz". Para tal efecto, se tomara como monto base el valor ofertado anteriormente, resultando como adjudicatario el postor que oferte el monto mas alto. En caso de incumplimiento, se le indicara de su inconducta como participante y se solicitara su retiro de las instalaciones en la que se lleve a cabo la venta, continuando la subasta publica sobre la base de la oferta anterior. 7. En el supuesto que se otorgue la buena pro a una oferta contenida en sobre cerrado, ya no sera necesario abonar el 20% del valor ofertado, toda vez que esta ya se encuentra en el sobre cerrado. 8. Los sobres cerrados que no obtuvieran la buena pro seran devueltos a sus titulares una vez adjudicado el lote por el cual ofertaron. 9. El adjudicatario realizara la cancelacion del lote adjudicado en la oficina del Martillero Publico, .............................., ubicada en....................................................., o en la Oficina de Tesoreria de la entidad organizadora, en el caso que corresponda, quienes entregaran el comprobante de pago debidamente cancelado. Dicho acto se debera realizar dentro del plazo de 2 dias de concluido la venta, siendo el ultimo dia el ..... de ............. de 2008, hasta las 5:30 p.m. 10. El adjudicatario que, dentro del plazo establecido en el numeral anterior, no cancele el monto total por el cual se adjudico alguno de los lotes, cualquiera fuese el motivo o causal, perdera el dinero entregado en garantia a favor de la entidad organizadora, dejandose sin efecto la adjudicacion y reasumiendo esta la administracion del lote. 11. La entidad organizadora se reserva el derecho de verificar la informacion que presente el postor durante todo el MORDAZA de venta. En caso de detectarse falsedad en la informacion proporcionada, procedera de conformidad con el ordenamiento legal vigente. VIII. ENTREGA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES 1. El adjudicatario solicitara a la Oficina General de Administracion o quien haga sus veces, el comprobante de pago respectivo, luego de lo cual requerira a la unidad organica responsable del Control Patrimonial que proceda a la entrega de los bienes muebles a su favor mediante acta de entrega. Dicha entrega estara a cargo de la entidad organizadora o del personal que esta designe. 2. La entrega se realizara los dias --- y --- de ------------ de 2008, previa MORDAZA de la MORDAZA del comprobante de pago debidamente cancelado y del documento de identidad del adjudicatario. 3. Transcurrido dicho plazo, el lote sera considerado abandonado, no habiendo derecho a reclamo alguno y reasumiendo la entidad organizadora la administracion del lote. 4. La venta de bienes muebles registrables en calidad de chatarra se realizara sin derecho a inscripcion registral.

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