Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2008 (28/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2008

Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, ley que establece el regimen laboral del personal de la Defensoria del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen de la actividad privada; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estara auxiliada por Adjuntos que la representaran en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le confiere, quienes seran seleccionados mediante concurso publico, segun las disposiciones que senale el reglamento que se apruebe para este fin; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 0001-2008/ DP se encargo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunto para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, las funciones de titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer, a partir del 7 de enero de 2008, encargatura que fue cumplida de manera satisfactoria por el referido funcionario; Que, mediante documentos de visto, se solicita encargar las funciones de titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernan-Zegarra de Belaunde, Asesora II de la Primera Adjuntia; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional y el funcionamiento de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer, es menester encargar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernan-Zegarra de Belaunde, Asesora II de la Primera Adjuntia, las funciones de titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer, correspondiente a la plaza 236, con Nivel y Categoria D8, a partir del 1º de MORDAZA de 2008 y hasta la designacion de su titular por concurso publico; Que, el literal e) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/ DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Asi tambien, dispone que la aprobacion del encargo corresponde al Titular del pliego en caso de ausencia o vacancia del titular del cargo para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva de los niveles D7 y D8, quedando a criterio de la Defensora del Pueblo otorgar las remuneraciones y condiciones inherentes al cargo solo mientras dure el encargo temporal, sin que ello genere derecho adquirido respecto a ese nivel remunerativo; Con los visados de la Primera Adjuntia, y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos, de Administracion y Finanzas y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, en concordancia con lo dispuesto en los literales d) y o) del articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP y el literal e) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de funciones de Adjunto para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunto para los Derechos Humanos y las Personas Discapacidad, a partir del 1º de MORDAZA de 2008. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNAN-ZEGARRA DE BELAUNDE, Asesora II de la Primera Adjuntia, las funciones de Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, correspondiente a la plaza 236, con Nivel y Categoria D8, a partir del 1º de MORDAZA de 2008 y hasta la designacion de su titular mediante concurso publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de Chirik MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 144-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 19 de marzo de 2008. VISTO: el Informe N° 000104-2008/SGGORC/GRC/ RENIEC, de la entonces Sub Gerencia de Gestion Operativa de los Registros Civiles y el Informe N° 0000632008/GRC/RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, conforme al cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los informes del Visto, ha formalizado expediente para la delegacion de funciones registrales, que ha sido calificado positivamente por la entonces Sub Gerencia de Gestion Operativa de los Registros Civiles (hoy Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles) y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar tal delegacion para establecer la vinculacion funcional respectiva; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de Chirik MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Sisa, provincia de El MORDAZA, departamento de San Martin. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion dispuesta, cenida a la normatividad vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros Registrales a la Oficina referida; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

180020-2

179681-3

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